Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 24/04/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 26 de marzo de 2003, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de la documentación presentada por las Entidades Locales Andaluzas, que dispongan de Oficina de Información al Consumidor, solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la Orden que se cita.

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Vista la Orden de 30 de enero de 2003 (BOJA núm.

32, de 17 de febrero de 2003), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales Andaluzas que dispongan de Oficinas de Información al Consumidor y se efectúa su convocatoria para el año 2003, y fundamentado en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En la disposición mencionada se establecen el lugar y plazo de presentación de solicitudes, así como la documentación a aportar por las Entidades Locales.

Segundo. Comprobadas las solicitudes presentadas en plazo por las Entidades Locales, así como la documentación aportada por las mismas, se observa que los documentos que se relacionan para cada Entidad solicitante en el Anexo a la presente, no figuran en el expediente o bien han de subsanarse en el sentido que exige la Orden de convocatoria.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), regula el trámite de subsanación y mejora de las solicitudes presentadas por los interesados.

Segundo. La Orden de la Consejería de Gobernación de

30 de enero de 2003, en relación con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, que aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, establece que si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos; así como que los requerimientos de subsanación de errores que deban ser realizados se publicarán en el tablón de anuncios de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, publicándose asimismo un extracto del contenido del acto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), indicando el tablón donde se encuentra expuesto el contenido íntegro.

Tercero. El artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, dispone la publicación de los actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo.

A la vista de lo anteriormente expuesto, esta Delegación del Gobierno,

R E S U E L V E

Primero. Requerir a cada una de las Entidades Locales indicadas en el Anexo para que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA del presente acto, remitan a esta Delegación del Gobierno la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación del expediente, teniéndole, en caso contrario, por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Ordenar la publicación del presente acto en

el BOJA, indicando que el contenido íntegro del mismo se encuentra expuesto en el tablón de anuncios del Servicio de Consumo de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, sito en Edificio de Servicios

Múltiples. C/ Tomás de Aquino, s/n, Planta Baja.

Córdoba, 26 de marzo de 2003.- El Delegado del

Gobierno, Antonio Márquez Moreno.

A N E X O

Documentación a Entidad LocalExpedienteaportar/subsanar (*)

Aguilar de la FronteraG-INV/05/031

Almodóvar del RíoG-INV/20/033, 4

BaenaG-INV/15/033, 4, 5, 6, 7, 8CabraG-INV/16/031, 3, 4,

5, 6Carlota (La) G-INV/01/031, 7, 8

CórdobaG-INV/10/032, 4, 5

Dos TorresG-INV/11/031, 3, 4, 5, 6EATIM de Fuente

CarreterosG-INV/04/031

Fuente PalmeraG-INV/03/031, 7, 8

GuadalcázarG-INV/07/031, 2

HornachuelosG-INV/19/031, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 LucenaG-

INV/09/031

M.M. Valle del GuadiatoG-INV/13/034

MontillaG-INV/12/031

Palma del RíoG-INV/06/031

Priego de CórdobaG-INV/18/034

Puente GenilG-INV/17/031, 2, 3, 5, 6, 7, 8

(*) Documentos a aportar:

1. Impreso de solicitud (art. 5).

2. Proyecto descriptivo de las actividades a

desarrollar por la Oficina de Información al Consumidor en el año 2003 (art. 6.1.a).

3. Certificado acreditativo del presupuesto total que

la Entidad Local destine a materia de consumo en el año

2003 (art. 6.1.b).

4. Certificado del acuerdo del órgano competente de la

Entidad Local por el que se apruebe el presupuesto

desglosado de las inversiones a realizar, importe de la subvención que se solicita y, en su caso, cantidad que

se compromete a aportar para colaborar en la inversión

(art. 6.1.c).

5. Certificado del acuerdo del órgano competente de la

Entidad Local por el que se apruebe la descripción de

los gastos corrientes a subvencionar y actividades que

con ellos se realizarán, el importe de la subvención que se solicita y, en su caso, cantidad que se compromete a aportar para colaborar financiación de los gastos de

funcionamiento (art. 6.2.c).

6. Declaración responsable de que sobre el solicitante

no ha recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro, o, en su caso, acreditación de su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda

correspondiente (art. 6.1.d).

7. Copia autenticada del Documento Nacional de

Identidad del representante de la Entidad Local que

suscriba la solicitud (art. 6.1.f).

8. Fotocopia compulsada de la Tarjeta de

Identificación Fiscal de la Entidad Local (art. 6.1.g).

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