Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 24/04/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA

ANUNCIO del Patronato Provincial de Turismo, sobre bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta convocatoria sustituye a la publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 84, de fecha 6 de mayo de 2002 que, en consecuencia, queda sin efecto.

1. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la celebración de Concurso-Oposición para la provisión mediante contratación laboral fija de dos plazas de Auxiliares de Información Turística (grupo D) de la especialidad de inglés-alemán y una plaza de Auxiliar de Información Turística (grupo D) de la especialidad inglés-francés, vacantes en la plantilla de personal laboral del Patronato Provincial de Turismo de Almería, mediante el procedimiento de concurso-oposición libre. Plazas dotadas con las retribuciones correspondientes al grupo D del convenio colectivo del Personal Laboral de la Excma. Diputación Provincial de Almería, de aplicación parcial a este personal, en virtud del acuerdo del Consejo Ejecutivo del Patronato de 26 de febrero de

2002.

El número de plazas convocadas podrá ampliarse en el caso de que, con anterioridad a la Resolución de la Presidencia fijando la fecha de inicio de la fase de concurso y de oposición, se creara o quedara vacante alguna otra plaza de Auxiliar de Información Turística. Esta ampliación se aprobará por resolución de la Presidencia.

Los contratados estarán obligados a realizar los viajes que por el Patronato se le indiquen, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, cumpliendo funciones de información sobre los recursos turísticos de la provincia y realizando todas las tareas anexas a tal fin. Asimismo, cuando sea necesario, se desplazarán utilizando el vehículo que se ponga a su disposición.

2. Condiciones generales de capacidad que habrán de reunir todos los aspirantes.

a) Estar en posesión de la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de aquélla que, de acuerdo con sus antecedentes de cotización a la Seguridad Social, le permita alcanzar la jubilación en la misma al cumplir los sesenta y cinco años de edad.

c) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

d) Estar en posesión de carné de conducir de vehículos tipo B.

e) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, ni despedido del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

g) No estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impidan en su Estado, el acceso a la función pública.

3. Instancias y documentos a presentar.

3.1. Los aspirantes deberán presentar instancia en modelo oficial en la que soliciten tomar parte en el concurso-oposición y manifiesten que cumplen todas y cada una de las condiciones generales exigidas en la base segunda, adjuntando fotocopia de los documentos que acrediten que, efectivamente, cumplen estas condiciones, exceptuando las recogidas en los puntos e), f) y g) que habrán de acreditarse posteriormente. En dicha instancia se especificarán la especialidad o especialidades que el aspirante escoge. En consecuencia, no será necesario

presentar una solicitud por cada una de las dos

especialidades a las que se puede aspirar.

3.2. Los documentos que han de aportarse para

acreditar que se cumplen las condiciones indicadas en la base 2 (apartados a, b, c y d), son los siguientes:

1. Documento Nacional de Identidad.

2. En su caso, certificado de cotización a la

Seguridad Social.

3. Título exigido o resguardo de haber abonado los

derechos por su expedición.

4. Carné de conducir clase B.

5. La nacionalidad deberá poseerse en la fecha de

finalización del plazo de presentación de instancias.

En dicha instancia deberá figurar una foto tipo carné

del aspirante.

3.3. Las personas con minusvalías, debidamente

acreditadas por los órganos competentes de la Consejería correspondiente de la Junta de Andalucía, podrán

solicitar en la instancia adaptaciones de tiempo y

medios para la realización de las pruebas selectivas;

adjuntando tanto la certificación que acredite su

condición de minusválido, como la que acredite su

aptitud para el desempeño de las funciones de Auxiliar

de Información Turística.

3.4. A la instancia habrán de adjuntarse las

certificaciones y documentos justificativos de los

méritos alegados por los interesados. La documentación

podrá presentarse en fotocopias simples. No serán

tenidos en cuenta los méritos que no estén justificados por el documento correspondiente o fotocopia del mismo

presentado dentro del plazo de admisión de instancias.

4. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentación se presentarán en el

Registro General del Patronato Provincial de Turismo de Almería, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, dentro del plazo de veinte días

naturales, a contar desde el siguiente al de la

publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado prorrogándose hasta el primer día

hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta al Patronato, el aspirante

deberá comunicar mediante fax o telegrama la

presentación de la instancia o documento, que deberá ser recibido en este Patronato en el plazo máximo de los

diez días naturales siguientes a la fecha de terminación del plazo de presentación.

En el anuncio en el que se publique esta convocatoria,

en el Boletín Oficial de la Provincia, se fijará el día, hora y lugar para la celebración del sorteo que

determine el orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición.

Terminado el plazo de admisión de instancias, en el

plazo de un mes, como máximo, el Presidente del

Patronato dictará Resolución declarando aprobadas las

dos listas de admitidos y excluidos, en su caso (las

listas se elaborarán en función de las dos

especialidades indicadas). En dicha Resolución, que se

publicará en el BOP, se indicará el lugar en que se

encuentran expuestas la listas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación del plazo de subsanación que, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/92, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los

aspirantes excluidos y determinando lugar y fecha de

comienzo de los ejercicios.

La publicación de dicha resolución en el Boletín

Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

Los aspirantes admitidos deberán presentar el Proyecto

de Actuación, como mínimo con 15 días de antelación a la fecha que se fije para el inicio del primer ejercicio.

5. Procedimiento de selección de los aspirantes.

La selección constará de dos fases: una de Concurso y

otra de Oposición. La fase de Concurso será previa a la de Oposición.

El Tribunal publicará conjuntamente las calificaciones

correspondientes a las dos especialidades a las que

pueden aspirar los opositores, tanto en la fase de

concurso como en la de oposición. Para aquellos

aspirantes que opten a las dos especialidades la única

diferencia con respecto a los demás, en la fase de

oposición, es que tendrán que realizar los supuestos

correspondientes a los tres idiomas. El resto de los

ejercicios sólo lo tendrán que realizar una sola vez y

la calificación que obtengan les servirá para las dos

especialidades.

Los puntos obtenidos en la fase de Concurso se sumarán

a la puntuación obtenida en la fase de Oposición a los

efectos de establecer los aspirantes seleccionados.

Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la

fase de Oposición.

5.1. Fase de Concurso.

5.1.a) Méritos Profesionales.

a.1. Por cada mes completo de servicios prestados

encuadrables en el Grupo D o superior realizando

funciones en materia de información sobre los recursos

turísticos de la Provincia en cualquiera de las

Administraciones públicas, 0,05 puntos (máximo 4,00

puntos).

a.2. Si los servicios a que se refiere el apartado

anterior han sido prestados en el Patronato Provincial

de Turismo de Almería, la valoración de cada mes se

incrementará en 0,03 puntos (máximo 5,50 puntos).

a.3. Por cada mes completo de servicios prestados en

Empresas privadas, en plazas o puestos de igual o

similar contenido, 0,02 puntos (máximo 3,00 puntos).

No se computarán servicios que hubieren sido prestados

simultáneamente con otros igualmente alegados y se

reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo

parcial. En todo caso la puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado será de 5,50 puntos).

5.1.b) Méritos Académicos.

b.1. Técnico de Empresas y Actividades Turísticas

(Diplomado en Turismo) o en condiciones de obtenerlo, en la fecha de finalización del plazo de presentación de

instancias, 2 puntos.

5.1.c) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

Haber participado o impartido actividades formativas,

siempre que se encuentren relacionadas con las funciones a desarrollar y organizados, bien por una Administración Pública o Universidad, bien por una institución pública o privada en colaboración con la Administración Pública. c.1. Por la participación como asistente: Por cada

hora de duración, 0,005 puntos.

c.2. Por la participación como ponente o por impartir

un curso: Por cada hora de duración, 0,010 puntos.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna

serán valorados con la puntuación mínima de 0,005 puntos o 0,010 en cada caso. En la acreditación de seminarios

permanentes que duren un curso lectivo deberán

especificar el número de horas, en caso contrario se

valorarán con la puntuación mínima.

En el supuesto de que la duración del curso se exprese

en días, se establece una equivalencia de 5 horas por

cada día de curso.

En todo caso la puntuación máxima que se podrá obtener

en este apartado será de 1,00 punto.

5.1.d) Superación de pruebas selectivas.

- Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas

selectivas celebradas en el ámbito de las

Administraciones Públicas para cubrir permanentemente

plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder:

0,50 puntos.

- Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas

selectivas celebradas en el ámbito de las

Administraciones Públicas para cubrir temporalmente

plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder:

0,25 puntos.

La puntuación máxima que puede obtenerse por este

apartado es de 1 punto.

PUNTUACION MAXIMA FASE DE CONCURSO

La puntuación máxima que se podrá obtener en la fase

de concurso será de 9,50 puntos, siendo las puntuaciones máximas de cada apartado del baremo las siguientes:

Méritos profesionales: 5,50 puntos.

Méritos académicos: 2,00 puntos.

Cursos, Seminarios y Congresos: 1,00 punto.

Superación de pruebas selectivas: 1,00 punto.

JUSTIFICACION DE MERITOS ALEGADOS

La documentación que habrá de presentarse para

justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado en el punto 5.1 será la

siguiente en cada caso:

a) Experiencia profesional.

a.1. La experiencia profesional en plaza o puesto de

igual contenido en el ámbito de la Administración

Pública se justificará:

a.1.a. Aportando la documentación indicada en el

apartado a.2.

a.1.b. Presentando certificación expedida por la

Secretaría o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:

- Denominación de los puestos de trabajo que hayan

desempeñado con expresión del tiempo que los haya

ocupado.

- Dependencias a las que estén adscritos dichos

puestos.

- Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el

desempeño de los puestos con la Administración.

a.2. La experiencia profesional en plaza o puesto de

igual o similar contenido fuera del ámbito de la

Administración Pública se justificará:

a.2.a. En el caso de servicios prestados por cuenta

ajena, aportando los siguientes documentos:

1.º Contrato de trabajo o certificación de la empresa

correspondiente al período que se alega.

2.º Certificado de cotizaciones a la Seguridad Social.

a.2.b. En el caso de servicios prestados por cuenta

propia, aportando los siguientes documentos:

1.º Justificante de pago del Impuesto de Actividades

Económicas de cada uno de los años en que se haya estado en situación de alta en el mencionado impuesto.

2.º Certificado de cotizaciones a la Seguridad Social,

donde conste período y grupo de cotización, salvo

aquellos colectivos profesionales que estén exentos de

esta cotización, lo que deberá acreditarse de forma

fehaciente.

a.3. En los apartados del punto 5.1.a) del baremo,

para acreditar que se han prestado servicios

encuadrables en el Grupo D o superiores de igual o

similar contenido, cuando no coincidan la denominación

de los que se hayan ocupado con el del puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares.

b) Expediente académico

Para acreditar los méritos señalados en el punto

5.1.b) del baremo habrá de aportarse certificación

académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición.

c) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas

Para acreditar los méritos señalados en el punto

5.1.c) del baremo habrá de aportarse certificación o

diploma expedido por la Universidad o Administración

Pública organizadora del curso, jornadas..., o en

colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en la que conste:

- Denominación del curso, jornadas.

- Número de horas/días de duración.

- Concepto en el que participó el aspirante.

En todo caso habrá de tenerse en cuenta que sólo se

valorarán cursos, jornadas... relacionados con las

funciones a desarrollar en el Patronato que se

especifican en el Anexo 2.º de esta convocatoria.

En el supuesto de cursos organizados por los

sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continua del personal al servicio de la Administración

Pública, habrá de aportarse certificación del órgano

competente de la mencionada institución donde consten

los extremos antes indicados.

d) Superación de pruebas selectivas.

Habrá de aportarse certificación en la que conste este

extremo, indicando asimismo:

- Procedimiento de selección: Oposición o concurso-

oposición.

- Carácter temporal o permanente de la provisión.

- Publicidad: fecha de publicación en los diarios

oficiales o medios de comunicación.

- Superación de todos los ejercicios de las

correspondientes pruebas selectivas.

5.2. Fase de Oposición. La fase de oposición constará

de los tres ejercicios que se establecen a continuación y que tienen carácter obligatorio para todos los

aspirantes. Los dos primeros ejercicios se puntuarán

cada uno de ellos entre 0 y 10 puntos. El tercer

ejercicio se puntuará entre 0 y 20 puntos. Esta fase de oposición está enfocada a seleccionar a aquellos

aspirantes que, considerando el conjunto de los

ejercicios, obtengan mayor puntuación. Por otro lado, es necesario eliminar a aquellos aspirantes que obtengan,

en un ejercicio, una calificación notoriamente

deficiente, por esta razón se establece que los dos

primeros ejercicios tendrán carácter eliminatorio para

aquellos aspirantes que obtengan 2,5 o menos puntos y el tercer ejercicio tendrá carácter eliminatorio para

aquellos aspirantes que obtengan 5 o menos puntuación.

Para superar el conjunto de la fase de oposición será

necesario obtener un mínimo de 20 puntos sumando la

puntuación conseguida en los tres ejercicios.

1. Ejercicio de idiomas (primer ejercicio).

Consistirá en la realización de supuestos prácticos

determinados por el Tribunal concernientes a la función a desarrollar, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes, en el tiempo y con la extensión que fije el Tribunal. El Tribunal

preparará tres supuestos prácticos: uno para ser

desarrollado en inglés, otro en alemán y otro en

francés. Aquellos aspirantes que solamente hayan

escogido una especialidad, desarrollarán los dos

supuestos correspondientes a los idiomas de la

especialidad que hayan escogido. Los aspirantes que

hayan optado a las dos especialidades realizarán los

tres supuestos. En consecuencia el supuesto de inglés

será común a las dos especialidades. Este ejercicio será leído por los aspirantes en los idiomas en los que esté escrito y en castellano. Se le podrán formular preguntas relativas a los supuestos, en los idiomas en los que

estén escritos. En este ejercicio se valorará

prioritariamente el conocimiento de los idiomas elegidos (70% de la puntuación), en segundo lugar, se valorará el contenido de los supuestos prácticos des-arrollados (30% de la puntuación). En un mismo anuncio se publicarán las calificaciones obtenidas por los aspirantes a las dos

especialidades. Este ejercicio será eliminatorio y para superarlo y pasar al siguiente será necesario obtener

una puntuación superior a 2,5 puntos.

2. Ejercicio práctico de ofimática (segundo ejercicio)

(el mismo para las dos especialidades).

Consistirá en realizar durante un tiempo máximo de

hora y media un ejercicio utilizando las herramientas

Word y Excel de la aplicación Office 2.000. El ejercicio de Word consistirá en realizar el documento propuesto

por el Tribunal utilizando el citado procesador. Se

valorará, en el ejercicio de Word, la debida utilización de las funciones de edición del citado procesador y, en general, se valorará el uso y conocimiento de estas

herramientas. Para la realización de estas pruebas, el

Patronato facilitará los medios informáticos. Este

ejercicio será eliminatorio y para superarlo y pasar al siguiente será necesario obtener una puntuación superior a 2,5 puntos.

3. Tercer ejercicio: Proyecto de Actuación; Defensa

del Proyecto de Actuación y entrevista (el mismo para

las dos especialidades):

Este ejercicio se compone de tres partes:

a) Proyecto de Actuación: Elaboración de un Proyecto

de Actuación, con un mínimo de 20 páginas y un máximo de

30 páginas. Este proyecto de actuación estará basado en la actividad de información turística que el aspirante

propone se lleve a cabo por el Patronato Provincial de

Turismo de Almería y consistirá, fundamentalmente, en

una propuesta de desarrollo futuro de la actividad de

información turística del Patronato. Para ello se tendrá en cuenta la finalidad y actuaciones del Patronato,

establecidas en el artículo 4 de sus Estatutos y que se acompaña a estas bases como anexo 1.º Además se tendrá

en cuenta las funciones de las plazas/puestos a los que se opta, que se recogen en el anexo 2.º Este proyecto de Actuación se presentará en soporte papel y en disquete

(Word).

El formato del Proyecto de Actuación será el

siguiente:

Formato de papel A4, se imprimirá a una sola cara.

Tipo de letra arial, tamaño 12 puntos.

Espacio interlineal 1,5.

Margen superior 2,5 cm.

Margen inferior 2,5 cm.

Margen derecho 3 cm.

Margen izquierdo 3 cm.

Encabezamiento: centrado. Titulo o descripción del

Capitulo (salvo en la primera de cada capítulo) en las

impares y título del trabajo en las pares.

Pie de página número de página, que debe ir centrado.

Una vez desarrollado el segundo ejercicio y antes de

que se celebre la defensa del Proyecto de Actuación y la entrevista, los miembros del Tribunal procederán a la

lectura de los mismos. A estos efectos los aspirantes

deberán presentar, en sobre cerrado, el Proyecto de

Actuación, como mínimo con 15 días de antelación a la

fecha que se fije para la realización del primer

ejercicio.

b) y c) Defensa del Proyecto de Actuación y

entrevista:

Los candidatos presentarán y defenderán oralmente el

Proyecto de Actuación elaborado, durante veinticinco

minutos como máximo y veinte minutos como mínimo. Podrán utilizar para dicha presentación los medios técnicos que consideren convenientes. Estos medios deberán indicarse en el propio Proyecto de Actuación, con la finalidad de que puedan estar preparados.

A continuación se celebrará la entrevista en la que

los miembros del Tribunal formularán preguntas sobre el trabajo presentado y, en general, sobre actividades de

información turística en la provincia de Almería,

opinión personal e iniciativas del aspirante al

respecto. La entrevista durará veinticinco minutos como máximo y quince minutos como mínimo.

Calificación del tercer ejercicio.

El Proyecto de actuación se valorará conjuntamente con

la defensa oral y la entrevista. Los miembros del

Tribunal que juzgue el concurso-oposición puntuarán este Proyecto de Actuación con un máximo de diez puntos. La

defensa oral del Proyecto de Actuación y la entrevista

se valorará hasta un máximo de cinco puntos cada parte, por tanto hasta un máximo de 10 puntos.

Por tanto, en este tercer ejercicio se podrá obtener

hasta un máximo de 20 puntos. Tendrá carácter

eliminatorio, siendo necesario para superarlo obtener

más de 5 puntos.

Calificación final de la fase de oposición.

Como ya se ha indicado anteriormente, para superar el

conjunto de la fase de oposición, en las dos

especialidades, será necesario obtener un mínimo de 20

puntos sumando la puntuación conseguida en los tres

ejercicios. A estos efectos, el Tribunal en el mismo

anuncio en el que haga público el resultado del tercer

ejercicio, incluirá la relación de los aspirantes que

hayan superado la fase de oposición en las dos

especialidades.

6. Calendario de las pruebas.

La celebración del concurso-oposición no se iniciará

antes de la primera semana de mayo de 2003.

7. Formación y actuación del tribunal calificador.

El Tribunal que juzgará el concurso-oposición estará

integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El Vicepresidente del Patronato Provincial

de Turismo de Almería, o miembro del Consejo Ejecutivo

en quien delegue.

Vocales:

- Cuatro miembros del Consejo Ejecutivo del Patronato

designados por el Presidente del Patronato.

- El Gerente del Patronato Provincial de Turismo de

Almería.

- El Secretario Delegado del Patronato de Turismo, que

actuará además como Secretario del Tribunal.

Como asesores especialistas para la celebración y

calificación del primer ejercicio se nombraran tres

representantes de la Escuela Oficial de Idiomas

(especialistas en francés, inglés y alemán).

Como asesores especialistas para la celebración y

calificación del segundo ejercicio se nombrarán dos

informáticos de la Diputación.

Todos los vocales deberán poseer titulación o

especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas (grupo D).

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir cuando concurran circunstancias de las

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros

del Tribunal cuando en éstos concurran circunstancias de las determinadas en el mencionado precepto legal.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus

trabajos, para todas o alguna de las pruebas, de

asesores especialistas que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a

las cuales colaborarán con el órgano de selección.

Calificación de la fase de concurso:

El Tribunal estudiará los méritos alegados y

justificados documentalmente por los aspirantes

admitidos, calificándolos con arreglo al Baremo que

figura en la base quinta; pudiendo obtenerse con su

aplicación un máximo de nueve puntos y medio (9,50)

puntos.

Calificación de la fase de oposición:

Los miembros del Tribunal que juzgue el concurso-

oposición puntuarán cada uno de los dos primeros

ejercicios, de los tres en que se divide la fase de

oposición, con un máximo de 10 puntos, el tercer

ejercicio compuesto por tres pruebas se puntuará con un máximo de 20 puntos. La puntuación de cada aspirante, en cada parte, será la media aritmética de las

calificaciones de los miembros del Tribunal,

eliminándose del cálculo la mayor y la menor puntuación otorgadas.

Las tres partes de la fase de oposición tendrán

carácter eliminatorio, siendo necesario para superar las dos primeras obtener un mínimo de 2,5 puntos, en cada

una de ellas. Para superar el tercer ejercicio será

necesario obtener más de 5 puntos.

Para superar el conjunto de la fase de oposición será

necesario obtener un mínimo de 20 puntos, sumando la

puntuación conseguida en los tres ejercicios.

Calificación final:

La suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso

y en la fase de oposición, por quienes superen esta

fase, dará la calificación final.

En caso de empate en la puntuación final, el Tribunal

llevará a cabo el desempate de los aspirantes con la

aplicación de los criterios que se relacionan, por orden de prelación:

1.º Mayor tiempo de servicios prestados en puesto

similar en el Patronato Provincial de Turismo de

Almería.

2.º Mayor tiempo de servicios prestados en puesto

similar en la Administración Pública.

3.º Mayor tiempo de servicios prestados en puesto

similar en la empresa privada.

4.º Por sorteo o entrevista con los aspirantes, a

criterio del tribunal.

En aplicación de lo establecido en el párrafo 5.º del

art. 18 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Tribunal no podrá

aprobar ni declarar que han superado las pruebas

respectivas un número superior de aspirantes al de los

plazas/puestos convocadas en cada una de las dos

especialidades. El Tribunal hará pública la propuesta de los aspirantes aprobados en cada una de las

especialidades. No obstante, el Tribunal, además de

hacer pública la propuesta de aspirantes aprobados,

publicará, en su caso, la relación, por orden de

preferencia, de los aspirantes que, aun no habiendo

aprobado, han superado todos los ejercicios y se

consideran capacitados para la prestación de servicios

con carácter temporal, en puesto análogo, en cada una de las dos especialidades. En consecuencia, se formará una lista de espera para futuras contrataciones con una

validez de tres años, para cada una de las dos

especialidades. Este período de vigencia se podrá

prorrogar por otros dos años, en caso de que no se

hubiera tramitado otras pruebas selectivas de la misma

naturaleza y especialidad para cubrir de forma

definitiva o temporal plazas/puestos iguales.

Contra la propuesta del Tribunal que culmine el

procedimiento selectivo, los interesados podrán

interponer recurso de alzada ante el Presidente del

Patronato, en el plazo de un mes contado desde el día

siguiente a la fecha de finalización del plazo de diez

días durante los cuales se expondrá el anuncio con la

propuesta del tribunal en el tablón de anuncios del

Patronato, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin

perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime

pertinente.

El Tribunal que juzgará el concurso-oposición objeto

de la presente convocatoria se clasifica dentro de la

Tercera categoría, a los efectos prevenidos en el Real

Decreto 472/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones

por razón del servicio.

En lo no previsto en estas bases, el Tribunal queda

autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten, adoptando las medidas necesarias para el

normal desarrollo del concurso-oposición.

8. Presentación de documentación:

Los aspirantes aprobados deberán presentar en el

Patronato Provincial de Turismo de la Provincia de

Almería, sito en Plaza Bendicho s/n, en el plazo de 20

días naturales, contados desde que se haga pública la

propuesta del Tribunal, los siguientes documentos:

a) Certificado médico acreditativo de no padecer

enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio, expedido por el Servicio de Prevención de este Patronato o por la Mutua de Accidentes de Trabajo o

enfermedades profesionales a que esté adscrito el

personal laboral del Patronato.

b) Título exigido o resguardo del pago de los derechos

del mismo, pudiendo presentar fotocopia para su compulsa con el original.

c) Declaración jurada de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario del servicio de

ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Declaración jurada de no estar incurso en causa de

incapacidad de las contenidas en el art. 36 del

Reglamento de Funcionarios de Administración Local.

e) Declaración jurada de no tener otro empleo

retribuido con cargo a cualquier organismo público,

incluida la Seguridad Social, el día de la toma de

posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de

26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al

servicio de las Administraciones Públicas y, en

especial, a su art. 10 y en todas las disposiciones que se dicten en su desarrollo.

f) Declaración jurada de no ejercer actividades

privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se

va a desempeñar en este Patronato y/o solicitud, en su

caso, de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen del Patronato.

g) Documento Nacional de Identidad y fotocopia del

mismo.

Asimismo, habrán de aportar los documentos originales

de los méritos alegados y presentados mediante fotocopia simple junto a la instancia solicitando tomar parte en

el concurso-oposición objeto de la presente

convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, salvo los casos de

fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran

haber incurrido por falsedad en su instancia.

9. Base final.

En lo no previsto en las bases anteriores regirá la

Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local, el Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las

disposiciones legales vigentes en materia de Régimen

Local, así como el R.D. 896/91, de 7 de junio, por el

que se establecen las reglas básicas y los programas

mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de

selección de los funcionarios y personal laboral de

Administración Local y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real

Decreto 364/95, de 10 de marzo, y demás disposiciones

vigentes que le sean de aplicación.

Almería, 28 de marzo de 2002.- El Vicepresidente, José

Luis Aguilar Gallart.

Diligencia: Para hacer constar que la presente

convocatoria ha sido aprobada por resolución de la

Presidencia del Patronato núm. 32, de fecha 27 de marzo de 2003, se compone de nueve (9) bases y dos (2) anexos, transcritos en veinticuatro (24) folios, por una sola

cara, rubricados al margen por la jefa de negociado y

por el funcionario que suscribe.

Almería, 28 de marzo de 2003.- El Secretario Delegado

del Patronato, Juan Antonio Varona Arciniega.

ANEXO 1

FINALIDADES Y ACTUACIONES DEL PATRONATO

PROVINCIAL DE TURISMO DE LA PROVINCIA DE ALMERIA

(ARTICULO 4 DE LOS ESTATUTOS DEL PATRONATO)

El fin del Patronato lo constituye el desarrollo del

turismo en el ámbito de la provincia de Almería, a tal

efecto, irán encaminadas las siguientes actuaciones:

a) Promover la difusión de la imagen "Costa de

Almería", conjugando el turismo del litoral, interior y ciudad.

b) Realización de todo tipo de actuaciones encaminadas

a la captación del turismo.

c) Intensificación de acciones y gestiones ante

Organismos oficiales y particulares, tendentes a mejorar la imagen turística de los municipios de la provincia de Almería, en el panorama turístico nacional e

internacional.

d) Preparación de publicaciones, folletos, carteles,

vídeos e iniciativas, en orden a mejorar la información sobre los valores turísticos de la provincia de Almería.

e) Promover el estudio y desarrollo de las

particularidades de los municipios de la provincia de

Almería en el orden turístico, potenciando sus factores básicos.

f) Coordinar la labor con otras Instituciones

Turísticas de la Provincia o nacionales, siempre que

redunden en el cumplimiento de los fines del Patronato.

g) Suscribir Convenios de colaboración con cualquier

Entidad pública o privada con fines de índole turística.

h) Otorgar subvenciones que supongan apoyo a las

actividades de promoción turística realizada por

entidades públicas o privadas.

i) Colaborar en el desarrollo de medidas de fomento de

la calidad, formación, innovación y modernización en el sector turístico en la provincia de Almería, así como

aquéllas dirigidas a la mejora de la seguridad y defensa del usuario turístico.

j) En general, cuantas actuaciones sean necesarias en

orden a la promoción del turismo, actividades y

productos complementarios en la provincia de Almería.

ANEXO 2

FUNCIONES DE PUESTOS /

PLAZAS DE AUXILIARES DE INFORMACION TURISTICA

- Preparación de información.

- Informar.

- Prestar asistencia y asesoramiento a turistas.

- Envío de faxes, circulares, e-mail's.

- Colaboración en la elaboración de informes y en el

seguimiento de los contactos posteriores a las

actividades promocionales, como agencias de viajes de

España y extranjero, etc. Ver si cuentan con material

para la promoción de nuestra provincia en sus oficinas.

- Estadísticas del Aeropuerto para poder conocer el

producto "Costa de Almería", la oferta y la demanda

(receptivos, mayoristas, touroperadores)

- Informática. Internet, actualización constante de la

pagina web del Patronato, así como de la agenda de

eventos de la capital y provincia.

- En caso necesario colaborarán en la relación con

Ayuntamientos y demás Socios del Patronato, que ofrezcan servicios que requieran una actualización de sus

programas de actividades.

- En caso necesario, asistencia a ferias y eventos

nacionales e internacionales relacionados con el

turismo:

Agencia de viajes, hotel, avión.

Preparación de reuniones.

Solicitud y posterior justificación de fondos.

- Manejo de herramientas y programas informáticos,

despacho de correspondencia, cálculo sencillo, archivo

de documentos.

- Colaboración administrativa en funciones

encomendadas por el superior jerárquico.

- Cualesquiera otras funciones y tareas que les

encomiende el superior dentro del ámbito de sus

competencias.

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