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Con fecha 10 de abril de 2003 por esta Consejería se ha dictado la correspondiente Orden por la que se amplía la autorización concedida a Sohiscert, S.A., para la aplicación del sistema de control de la agricultura ecológica y la certificación de productos agrarios y alimenticios a productos agrarios y alimenticios contemplados en los apartados a) y b) del artículo 1.1 del Reglamento (CEE) núm. 2092/1991 del Consejo, de 24 de junio de 1991, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"D I S P O N G O
Primero. Ampliar la autorización concedida a Sohiscert, S.A. para la aplicación del sistema de control de la agricultura ecológica y la certificación de productos agrarios y alimenticios a los productos contemplados en los apartados a) y
b) del artículo 1.1 del Reglamento (CEE) núm. 2092/1991.
Segundo. En el plazo de un año, Sohiscert, S.A. deberá aportar el certificado de la Entidad Nacional de Acreditación de ampliación del alcance de su acreditación conforme a la Norma UNE-EN 45011 para los productos contemplados en el punto Primero.
Tercero. Esta autorización está condicionada al cumplimiento de los extremos previstos en la normativa de aplicación y de las tenidas en cuenta para la concesión de la misma, siendo causa de su pérdida su incumplimiento, así como la variación sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta para su concesión.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 11 de abril de 2003
PAULINO PLATA CANOVAS
Consejero de Agricultura y Pesca
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