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NIG: 2990141C20022000183.
Procedimiento: Proced. ordinario (N) 152/2002. Negociado: EG. De: Comunidad de Propietarios Edificio Palacio del Sol. Procuradora: Sra. Llamas Waage, Mónica.
Contra: Don José Luis Rodríguez Parkinson.
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. ordinario (N) 152/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Torremolinos a instancia de Comunidad de Propietarios Edificio Palacio del Sol contra José Luis Rodríguez Parkinson sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En la ciudad de Torremolinos, a veinticinco de marzo de dos mil tres; Vistos por mí, don Francisco Manuel Oliver Egea, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de esta ciudad y su partido; los presentes autos de juicio ordinario, seguidos con el número 152/02, a isntancia de la Comunidad de Propietarios, Edificio Palacio del Sol representado por la Procuradora Sra. Llamas Waage, contra don José Luis Rodríguez Parkinson, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad y desahucio de local de negocio.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Llamas Waage en representación de la Comunidad de Propietarios Edificio Palacio del Sol, contra don José Luis Rodríguez Parkinson, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a ésta a pagar a la actora la cantidad de tres mil quinientos veinte euros con setenta y cuatro céntimos (3.520,74 euros) más el interés legal del dinero, aplicado sobre esa contidad, desde la interposición de la demanda y hasta la notificación de la sentencia al condenado. Si no pagara, dichos intereses se incrementarán en dos puntos, desde la notificación hasta su completo pago; así como al pago de las costas procesales.
Asimismo, que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento concertado entre las partes sobre el local descrito, condenando a la parte demandada a que lo desaloje y ponga a disposición de la actora, con apercibimiento de lanzamiento se no lo verificare dentro del plazo legal.
Notifíquese a las partes, con indicación de que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que deberá ser preparado ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s José Luis Rodríguez Parkinson, extiendo y firmo la presente en Torremolinos a veintiuno de abril de dos mil tres. El/La Secretario.
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