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Mediante Resolución de 21 de enero de 2003, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia y Administración Pública daba nueva redacción a la Base Cuarta y al segundo apartado de la Base Quinta de la Resolución de 12 de julio de
2002, por la que se aprobaba la convocatoria de Ayudas de Acción Social, ejercicio 2002, del personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Advertido error en dicha Resolución, y de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la modificación de la misma según se especifica en Anexo:
ANEXO
Donde dice:
RESUELVE
"Dejar sin efecto el segundo apartado de la Base Quinta, dando nueva redacción al mismo:"
Debe decir:
RESUELVE
"Dejar sin efecto el segundo apartado primer párrafo de la Base Quinta, dando nueva redacción al mismo:"
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso contencioso- administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo competentes en el plazo de dos meses contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 25 de abril de 2003.- El Secretario General Técnico, Carlos Toscano Sánchez.
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