Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 25/05/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

ORDEN de 5 de mayo de 2004, por la que se aprueba el amojonamiento parcial del Grupo de Montes Las Majadas de Ronda, Código MA-71004-CCAY.

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Expte. núm. 408/03.

Examinado el expediente de amojonamiento parcial de perímetro exterior comprendido entre los hitos 150 y 174, ambos inclusive, y enclavados, del "Grupo de Montes Las Majadas de Ronda", Código de la Junta de Andalucía MA-71004-CCAY, propiedad del Ayuntamiento de Ronda y situado en el término municipal de Cortes de la Frontera, instruido y tramitado por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, resultan los siguientes,

H E C H O S

1.º El expediente de amojonamiento parcial 408/03 surge ante la necesidad de colocar hitos con valor administrativo en enclavados y perímetro exterior comprendido entre los piquetes

1 y 43, ambos inclusive, reconocidos en el deslinde parcial del monte "Las Majadas de Ronda", aprobado con fecha 9 de septiembre de 2002.

2.º Autorizado el amojonamiento administrativo de dicho monte por Orden de Inicio de la Excma. Consejera de Medio Ambiente de fecha 9 de junio de 2003 y habiéndose acordado que las operaciones de amojonamiento se realizasen por el procedimiento recogido en el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía en su artículo 63.4 remitiéndose al titulo IV sobre amojonamiento del Decreto 485/1962 de 22 de febrero en el que se aprueba el Reglamento de Montes en virtud de lo establecido en su artículo 145, se publica en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Cortes de la Frontera, Jerez de la Frontera y Ronda y en los Boletines Oficiales de las Provincias de Málaga y Cádiz, el anuncio de acuerdo de inicio del amojonamiento y la fecha y lugar para dar comienzo a las operaciones de amojonamiento el día 22 de octubre de 2003.

3.º Después de tramitadas las debidas comunicaciones y citaciones a los interesados, procedió el Ingeniero Operador, en la fecha anunciada, al comienzo del amojonamiento por el piquete número uno del enclavado D, conocido como "Molino de la Canasta", propiedad de don Luis Rodríguez Mateos, que se presentó en el acto de apeo.

El hito número uno se ubica en el punto más al norte del enclavado, junto a una piedra al lado del río Hozgarganta. Continuando en paralelo al río, y a la distancia de treinta y nueve metros del anterior, entre varios árboles, se colocó el hito número dos, a unos treinta y cinco metros de distancia sobre los cimientos de la antigua casa de don Antonio Sierra se situó el hito número tres. El hito número cuatro se colocó a unos cuarenta y cinco metros del anterior, en un llano con varios alcornoques. Los hitos número cinco, seis y siete se colocaron a las distancias respectivas de cincuenta, treinta y seis y dieciocho metros atravesando un llano y quedando el número siete junto a los restos de una pared de piedra antigua. Continuando por ésta a la distancia de treinta y tres metros se ubicó el hito número ocho, que dista del número uno diez metros, quedando así cerrado el perímetro de este enclavado. Entre los hitos siete, ocho y uno la linde discurre por la pared de piedra que se menciona en la descripción de la situación de éstos.

Dado por finalizado el acto de amojonamiento en este primer enclavado, don Luis Rodríguez Mateos y el representante del Ayto. de Ronda firmaron su conformidad con todos los hitos colocados en la linde que encierra su propiedad. Acto seguido se procedió al acto de amojonamiento en el enclavado B, conocido como "Huerto de Paula". Se colocó el hito número uno haciéndolo coincidir con la ubicación de piquete número uno del deslinde, junto a un poste de hormigón en una esquina de la alambrada. Bajando la alambrada a cuatrocientos cuarenta metros aproximadamente, donde se cruza la ésta con una antigua pared de piedra se colocó el hito número dos. A ciento quince metros, en una esquina de la alambrada se colocó el hito número tres. El hito número cuatro se colocó a ciento sesenta y cinco metros siguiendo la alambrada, a unos veinte metros del cauce normal del río Hozgarganta.

La linde discurre por dicho río hasta el hito número cinco que se situó junto a una roca, en la orilla Este del río

Hozgarganta. El hito número seis se encuentra a unos

veintiséis metros, donde comienza una pared de piedra. El hito número siete se colocó a unos sesenta metros, en un ángulo de la pared de piedra. A unos ciento cuarenta y dos metros aproximadamente, unos cinco metros por debajo del carril que va desde "La Carrera del Caballo" a "Las Cañillas", se ubicó el hito número ocho.

Los hitos número nueve y diez se situaron a unos cuarenta y setenta y seis metros respectivamente siguiendo en paralelo al citado carril forestal, y unos cinco metros por debajo de éste. Aproximadamente a setenta y seis metros, cuatro metros por debajo del camino forestal, junto a un madroño, se colocó el hito número once. El hito número doce se ubicó unos cuatro metros por debajo del citado camino a la distancia de ciento setenta y seis metros. Aproximadamente a veinticinco metros se situó el hito número trece junto a una alcantarilla y cuatro metros por debajo del camino forestal.

Los hitos catorce, quince y dieciséis se situaron a unos cuarenta y nueve, cuarenta y seis y cuarenta y tres metros respectivamente siguiendo en paralelo al carril forestal, y unos cuatro metros por debajo de éste. A partir de este momento se abandona la línea paralela al carril forestal y se va en línea recta una distancia de unos trescientos ocho metros hasta un puertecito donde hay dos quejigos, lugar en el que se ubicó el hito número diecisiete. A unos 320 metros se situó el hito número dieciocho junto a la primera curva pronunciada a la izquierda (según se va) que hace el carril que va a los pastizales mejorados de "Cerquijos" y las

"Higueretas".

El hito número diecinueve se situó aproximadamente a cuarenta y ocho metros del anterior, por encima de la siguiente curva a la izquierda del carril que va a los pastizales mejorados de "Cerquijos" y las "Higueretas". A unos ciento ochenta metros cruzando el carril y a cuatro metros por debajo de éste se colocó el hito número veinte. Aproximadamente a trescientos dieciséis metros, donde la alambrada se cruza con la antigua pared de piedra, se situó el hito número veintiuno. El hito número veintidós está a unos trescientos ochenta y cinco metros siguiendo la alambrada. A unos quinientos sesenta y cinco metros siguiendo la alambrada en dirección Oeste se encuentra el hito número uno, quedando cerrado así el

perímetro de este enclavado.

Dado por finalizado el acto de amojonamiento en este

enclavado, y una vez leída en voz alta el acta, y sin que se presentase representación alguna de la propiedad el

representante del Ayto. firmó su conformidad.

A continuación se procedió al acto de amojonamiento en el enclavado C, conocido como "Juzqueño".

El hito número uno de este enclavado se colocó en el punto más al norte del mismo, haciéndolo coincidir con la ubicación del piquete número uno del deslinde, junto a una roca al lado de la pared de piedra que rodea el enclavado. Siguiendo la pared de piedra, a treinta y nueve metros del anterior, se colocó el hito número dos. A las distancias respectivas de trece y veintiún metros se colocaron los hitos número tres y cuatro, en sendos quiebros de la pared de piedra del enclavado. El hito número cinco se ubicó muy próximo al cuatro, a once metros de distancia, siguiendo aproximadamente la misma dirección que en el anterior. Cerca de la casa presente en el enclavado se encuentra el hito número seis, a noventa y un metros del anterior. El hito número siete se situó de nuevo junto a una pared de piedra a diecisiete metros del anterior. El hito numero ocho se colocó torciendo hacia el Norte en una esquina de una antigua construcción, a treinta y tres metros del siete.

Los hitos número nueve y diez se colocaron siguiendo en paralelo a la vía de saca por la que se accede al enclavado, a las distancias respectivas de cuarenta y tres y diez metros. Los hitos número once y doce se encuentran siguiendo la pared de piedra que rodea el enclavado por esa parte a las

distancias respectivas de once y treinta y tres metros. A unos trece metros está el hito número uno quedando cerrado así el perímetro de este enclavado.

Dado por finalizado el acto de amojonamiento en este

enclavado, y una vez leída en voz alta el acta, y sin que se presentase representación alguna de la propiedad, el

representante del Ayto. firmó su conformidad.

Instantes después se procede al acto de amojonamiento del tramo de perímetro exterior comprendido entre los piquetes 1 al 43 del deslinde aprobado con fecha 9 de septiembre de 2002. El hito número ciento cincuenta se colocó haciéndolo coincidir con la ubicación del piquete número uno del deslinde, en la coincidencia de la pared que delimita la finca Bazana con la alambrada que baja hacia la garganta de Ramblazo. En este hito según manifestaciones de las partes interesadas termina la propiedad en cuya representación estaba don Juan Bueno

Bordegaray y empieza la propiedad de don Andrés Gutiérrez Fernández. Firmando don Juan Bueno Bordegaray su conformidad con el hito colocado.

A ciento veinticuatro metros siguiendo la mencionada alambrada se situó el hito número ciento cincuenta y uno. Donde termina la propiedad de don Andrés Gutiérrez Fernández, que firmó su conformidad con los hitos colocados.

Siguiendo la linde del monte y sin asistir al acto de apeo ninguna representación de las fincas colindantes se colocó el hito número ciento cincuenta y dos a setenta y cinco metros tras atravesar la cañada real de los Bueyes. A treinta y dos metros del anterior y por la ya mencionada alambrada se clavó el hito número ciento cincuenta y tres.

Los hitos ciento cincuenta y cuatro y ciento cincuenta y cinco se situaron junto a una pared de piedra antigua hasta llegar a la garganta de Ramblazo a las distancias de ciento dos y doscientos cuarenta y tres metros respectivamente. Entre los hitos ciento cincuenta y dos y ciento cincuenta y seis la linde discurre por la citada pared de piedra.

A partir de este punto la linde va por la garganta de Ramblazo aguas arriba, hasta llegar al hito número ciento cincuenta y seis A a mil trescientos cuarenta y ocho metros en línea recta del anterior. Formando un ángulo aproximado de noventa grados hacia el Oeste y a la distancia de doscientos ocho metros junto a un pequeño arroyo se encuentra el hito número ciento cincuenta y seis B. El hito número ciento cincuenta y siete A se ubicó aguas arriba del citado arroyuelo a doscientos veintitrés metros.

A partir de este punto la linde sigue una alambrada,

colocándose el hito número ciento cincuenta y siete B a ochenta y nueve metros en la intersección de dicha alambrada con el camino forestal de la cañada de Mejías. La cara labrada número ciento cincuenta y ocho A se puso en línea recta hacia el cancho de los Ballesteros bajo la línea eléctrica

Buitreras-Medina Sidonia a la distancia de ciento sesenta y seis metros. Siguiendo en la dirección de la divisoria del cancho de los Ballesteros y a la distancia de ciento treinta y tres metros se colocó la cara labrada número ciento cincuenta y ocho B.

Continuando por la divisoria, a la distancia de cuatrocientos cinco metros se ubicó la cara labrada número ciento cincuenta y nueve A, en lo más alto del cancho de los Ballesteros. La cara labrada ciento cincuenta y nueve B se grabó en otra cumbre del cancho de los Ballesteros a la distancia de

doscientos setenta y cinco metros de la anterior. Siguiendo hasta el extremo del callejón que separa el cancho de las Motillas y el de los Ballesteros, en las inmediaciones de la cueva de la murcielaguina, a la distancia de doscientos diez metros está la cara labrada ciento sesenta A. El hito número ciento sesenta B se colocó en una piedra en la vertical del sumidero de la garganta de la Hoya de la Mujer a cincuenta y nueve metros del anterior.

A partir de este punto la linde va aguas arriba por la

garganta de la Hoya de la Mujer hasta encontrarse con el arroyo de Campoy donde se ubicó el hito número ciento sesenta y uno A. La linde discurre por el mencionado arroyo de Campoy hasta por encima del nacimiento de aguas donde se situó el hito número ciento sesenta y uno B, junto a una alambrada cerca de un acebuche. El hito número ciento sesenta y dos A se colocó a noventa y tres metros del anterior siguiendo la alambrada hasta llegar a un gran claro. A las distancias respectivas de doscientos cuarenta y ocho, ciento cuarenta y ciento noventa y cinco metros siguiendo la alambrada se encuentran los hitos número ciento sesenta y dos B, ciento sesenta y tres A y ciento sesenta y tres B.

En este punto comienza una pared de piedra que va marcando la linde en lo sucesivo. El hito ciento sesenta y cuatro A se ubicó junto a un gran mojón antiguo a doscientos veintidós metros del anterior. Siguiendo la pared de piedra y a las distancias de setenta y siete y ochenta y un metros se

colocaron los hitos número ciento sesenta y cuatro B y ciento sesenta y cinco A, respectivamente, junto a sendos mojones antiguos.

En este último hito se presentó al acto de apeo don Juan Bueno Bordegaray, en calidad de representante verbal de la empresa "Tecnologías Andaluzas S.A.", según manifestaciones de este interesado en este hito empieza la propiedad que él

representa.

A la distancia de setenta y un metros junto a la pared de piedra, al pie de un quejigo de gran tamaño se clavó el hito número ciento sesenta y cinco B. El hito número ciento sesenta y seis A se colocó junto a la pared de piedra, junto a un tronco caído y al pie de un quejigo con una señal de coto de caza, a la distancia de noventa y cuatro metros. A doscientos tres metros del anterior continuando por la pared de piedra y en un pequeño claro entre quejigos y matorral de lentisco se encuentra el hito número ciento sesenta y seis B. El hito número ciento sesenta y siete A está junto a un quejigo viejo cuyas ramas tocan el suelo a doscientos dieciséis metros del anterior. Siguiendo la alambrada existente que va paralela a un arroyo y a la distancia de ciento veintinueve metros junto a un poste antiguo al pie de una buitrera se clavó el hito número ciento sesenta y siete B.

En este último hito termina la propiedad de "Tecnologías Andaluzas, S.A.". Don Juan Bueno Bordegaray mostró su

conformidad con todos los hitos colocados, desde el número ciento sesenta y cinco A hasta el ciento sesenta y siete B. Firmó y se retiró.

A partir de este punto la linde discurre por la garganta del Parralejo hasta el hito número ciento sesenta y ocho A, que se encuentra a unos setecientos cincuenta metros en línea recta del anterior junto a una pared de piedra. Continuando ochenta y siete metros en la dirección que marca la pared de piedra mencionada, pasando una vaguada y junto a un quejigo viejo se colocó el hito número ciento sesenta y ocho B. El hito número ciento sesenta y nueve A se situó entre matorral espeso de lentisco junto a la pared de piedra a la distancia de

doscientos treinta siete metros. Siguiendo la pared de piedra, en un pequeño claro se ubicó el hito número ciento sesenta y nueve B a la distancia de doscientos treinta y nueve metros. Continuando nuevamente por la pared de piedra y a las

distancias respectivas de doscientos treinta y cuatro, ciento treinta y dieciséis metros están los hitos ciento setenta A, ciento setenta B y ciento setenta y uno A, quedando este último junto a la esquina de una vieja casa en ruinas,

conocida como la "Casilla de Juan González".

En este punto se encuentra una alambrada que sirve de

referencia para encontrar los siguientes hitos. A ciento treinta y cinco metros del hito anterior junto a la alambrada y junto a una estructura de piedra se ubicó el hito número ciento setenta y uno B. El hito número ciento setenta y dos A se encuentra subiendo por una lomita junto a un mojón antiguo a unos 25 metros por encima del camino y a ciento setenta y siete metros del hito anterior. Siguiendo la alambrada unos ciento treinta y nueve metros y junto a un mojón antiguo se clavó el hito número ciento setenta y dos B. Continuando por la mencionada alambrada y a las distancias respectivas de ciento catorce, sesenta y uno y trescientos cuarenta y siete se colocaron los hitos número ciento setenta y tres A, ciento setenta y tres B y ciento setenta y cuatro. Siendo este hito el correspondiente al último piquete del pasado deslinde. Dado por finalizado el acto de amojonamiento en el tramo de perímetro exterior, y sin que se presentase representante alguno de las propiedades colindantes desde el hito ciento sesenta y siete B, firmó su conformidad el representante del Ayto. de Ronda.

Acto seguido se procedió al acto de amojonamiento en el enclavado A.

El hito número uno de este enclavado se colocó en el punto más al norte del mismo, haciéndolo coincidir con la ubicación del piquete número uno del deslinde, junto a una antigua angarilla que da paso al enclavado. El hito número dos está a treinta y ocho metros junto a la esquina de una pared. Siguiendo la pared de piedra donde ésta hace un quiebro, a trece metros del anterior, se colocó el hito número tres. A la distancia de treinta y dos metros se encuentra el hito número cuatro, junto a un gran quejigo. El hito número cinco se ubicó próximo al cuatro, a catorce metros de distancia, junto a un alcornoque en una esquina de la alambrada.

A las distancias respectivas de quince, diecinueve y treinta y cuatro metros se situaron los hitos seis, siete y ocho. El hito número nueve se colocó a unos cincuenta metros siguiendo la alambrada. El hito número diez se ubicó continuando por la alambrada, que tuerce bruscamente hacia el Noroeste, hasta la siguiente esquina de ésta, a setenta y tres metros del

anterior. El hito número once está a treinta y cinco metros junto a una piedra y un tronco viejo. Siguiendo la alambrada a la distancia de ciento ocho metros se encuentra el hito número doce. A treinta y dos metros del anterior, junto a un acebuche y un gran alcornoque se colocó el hito número trece.

El hito número catorce se situó a treinta y cinco metros, siguiendo la alambrada, cerca de un acebuche. Continuando junto a la alambrada donde ésta quiebra bruscamente hacia el Sureste se ubicó el hito número quince. El hito número

dieciséis se clavó a cuatrocientos veintiún metros siguiendo la alambrada, hasta otro quiebro brusco. A doscientos

cincuenta y cuatro metros, siguiendo la alambrada, en una esquina de la misma junto a un grupo de piedras se colocó el hito número diecisiete. Continuando pegado a la alambrada, a treinta y cuatro metros del anterior, donde ésta hace una esquina junto a un acebuche, se enterró el hito número

dieciocho.

Siguiendo la alambrada y a las distancias respectivas de diecinueve, treinta y siete, veintidós y ochenta y ocho metros y en diversas esquinas de la mencionada alambrada se

encuentran los hitos diecinueve, veinte, veintiuno y

veintidós, quedando este último hito junto a una gran encina. El hito número veintitrés se colocó a veintiséis metros del anterior junto a un acebuche. A unos cuarenta metros y junto a una gran encina se clavó el hito número veinticuatro.

Los hitos veinticinco, veintiséis y veintisiete se colocaron en diversas esquinas de la alambrada a cuarenta y cinco, ochenta y seis y cincuenta y dos metros respectivamente. A unos sesenta metros se encuentra el hito número uno quedando cerrado así el perímetro de este enclavado.

Dado por finalizado el acto de amojonamiento en este

enclavado, y sin que se presentase representación alguna de la propiedad, el representante del Ayto. de Ronda firmó su conformidad.

La redacción de las actas se realizó en papel timbrado

administrativo con los números del 0G7513017 al 0G7513020 y del 0G7513022 al 0G7513025, todos ellos inclusive, la que leída en voz alta mereció la aprobación de los asistentes. El día 21 de enero de 2004 se inició la operación de

colocación de señales entre los hitos ciento sesenta y dos A y ciento sesenta y dos B y entre los hitos ciento sesenta y dos A y ciento sesenta y uno B, según lo previsto.

Al acto asistió don José M. Ríos Corbacho como representante del Ayuntamiento de Ronda.

No compareció representación alguna de la propiedad colindante en el tramo considerado.

Este acto se llevó a cabo con el objeto de clarificar este tramo de lindero, por cuanto en las actas de deslinde se menciona una antigua valla y recientemente se ha establecido una nueva que no discurre en la misma dirección que ésta, por lo que para evitar que en un futuro la presencia de dos vallas pudiera llevar a confusión se realiza esta colocación de mojones. Los dos hitos se colocaron en sendos quiebros de la antigua valla.

Una vez finalizado el acto de amojonamiento los presentes firmaron su conformidad y constando el acta en papel timbrado administrativo números 0G7513005 y 0G7513006.

4.º Durante el día 22 de octubre de 2003 se realizaron las operaciones de amojonamiento colocando un total de ciento seis hitos de segundo orden y seis caras labradas con las iniciales MP y junto a éstas el número de hito correspondiente,

repartidos entre los cuatro enclavados existentes y el tramo de perímetro exterior definido en el último deslinde. Durante el día de apeo no se formuló queja alguna sobre la ubicación de estos hitos.

5.º Anunciado el periodo de vista del expediente, en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Cortes de la Frontera, Jerez de la Frontera y Ronda, y notificado a los particulares interesados expuestos en audiencia durante el plazo de diez días, no se recibió reclamación alguna según certifica la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga, por lo que las líneas definidas por los hitos colocados en el acto de apeo deberán adquirir carácter definitivo a efectos de

consolidar las lindes del monte.

A la vista de los anteriores Hechos, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Es competencia de esta Consejería la resolución de los expedientes de amojonamiento de montes públicos en virtud de lo preceptuado en el Decreto 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de básica de la Consejería de Medio Ambiente, así como lo establecido al respecto en el punto 4.º del artículo 63 del vigente

Reglamento Forestal de Andalucía, aprobado por Decreto 208/97, de 9 de septiembre.

Segundo. La aprobación del presente amojonamiento se sustenta en lo regulado en el Título I de la Ley de Montes, de fecha 8 de junio de 1957; Título IV del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero; artículos 34 al 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; Capítulo IV del Título III del Reglamento Forestal de Andalucía

aprobado por el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre; y demás disposiciones aplicables al caso.

Tercero. El expediente fue tramitado de acuerdo con lo

preceptuado por la legislación vigente relativa al

amojonamiento de monte, insertándose el anuncio reglamentario en el Boletín Oficial de la Provincia y tramitándose las debidas comunicaciones para conocimiento de los interesados. Cuarto. Durante el apeo no se produjo protesta alguna contra la ubicación de los hitos, y sin que durante el periodo de vista correspondiente no se presentara reclamación alguna, es por lo que esta Delegación propone que se apruebe el

amojonamiento en la forma en que fue llevado a cabo por el Ingeniero Operador.

Quinto. La ubicación de cada uno de los hitos se describe con precisión en las actas de apeo y quedando fielmente

representados en el plano y registro topográfico que obra en el expediente.

Vistos los informes favorables a la realización del presente amojonamiento evacuados por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga y de la Dirección General de Gestión del Medio Natural de esta Consejería, siendo que el procedimiento se ha ajustado a lo prescrito legalmente por la Ley 2/1992 de 15 de junio, Ley Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, la Ley de Montes de 8 de junio de 1957, Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962 y disposiciones concordantes; y a la vista de la Ley

30/1992 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica en parte la anterior, esta Consejería

R E S U E L V E

Primero. Aprobar el amojonamiento parcial del tramo de

perímetro exterior comprendido entre los hitos 150 al 174, ambos inclusive, y enclavados, del "Grupo de Montes las Majadas de Ronda", Código de la Junta de Andalucía MA-71004- CCAY, propiedad del Ayuntamiento de Ronda y cuyos terrenos están ubicados en el término municipal de Cortes de la

Frontera, de acuerdo con las Actas, Registros topográficos y Planos adjuntos.

Segundo. Que la relación de enclavados reconocidos sea la siguiente:

Letra Nombre Número Superficie (ha) Poseedor

de hitos

colocados

A 27 15,6588 Hrdros. de Jacinto

Gutiérrez Rodríguez

B Huerto de 22 108,5948 Francisco Cózar

Paula Guillén

C Juzqueño 12 0,3148 Francisco Cózar

Guillén

D Molino de 8 0,2710 Diego Luis

la Canasta Rodríguez Mateos

En todos ellos el suelo es particular y el vuelo forestal pertenece a los propios del Ayuntamiento de Ronda, excepto en el caso del enclavado "B", conocido como "Huerto de Paula", cuyo pleno dominio es a favor del particular. Resultando que la cabida total de enclavados en los que el suelo es de particulares y el vuelo forestal pertenece a los propios de Ronda es de: 16,2446 ha.

Tercero. Que perteneciendo el vuelo forestal de las fincas reconocidas a los particulares como de titularidad del

Ayuntamiento de Ronda, se inscriba sobre las mismas dicha carga.

Cuarto. Que se inscriba la resolución del presente expediente en el Registro de la Propiedad, en virtud de lo establecido en el artículo 148.2 del Decreto 485/1962 de 22 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de Montes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o

directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su

publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1 a) y 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 5 de mayo de 2004.

FUENSANTA COVES BOTELLA

Consejera de Medio Ambiente

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