Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 26/05/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 6 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento núm. 637/03. (PD. 1651/2004).

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NIG: 2906744S20036001017.

Procedimiento: 637/03.

Ejecución núm. 104/2004. Negociado:

De: Don José Antonio Moreno Becerra.

Contra: Canalizaciones y Obras Civiles, S.L.

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

HACE SABER

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 104/2004, sobre Ejecución, a instancia de José Antonio Moreno Becerra contra Canalizaciones y Obras Civiles, S.L., en la que con fecha se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

S.S.ª Ilma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 1.476,92 euros en concepto de principal, más la de

1.476,92 euros calculadas para intereses y gastos y no pudiéndose practicar diligencia de embargo al encontrarse la ejecutada en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de 10 días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo.

Dése audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días insten las diligencias que a su derecho interesen.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra. doña Rosa María Rojo Cabezudo, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga. Doy fe.

El/La Magistrado/Juez, El/La Secretario/a.

Y para que sirva de notificación en forma a Canalizaciones y Obras Civiles, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a veinte de abril de dos mil cuatro.- El/La Secretario/a Judicial.

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