Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 27/5/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 7 de mayo de 2004, de la Delegación del Gobierno de Granada, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de la documentación presentada por las Entidades Locales solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la Orden que se cita.

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Vista la Orden de 27 de enero de 2004, de Concesión de Subvenciones a Entidades Locales en 2004 para Mejora de su Infraestructura (BOJA 25, de 6 de febrero de 2004) y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En la Disposición mencionada se establecen el lugar y plazo de presentación de solicitudes, así como la documentación a aportar por las Entidades Locales.

Segundo. Comprobadas las solicitudes presentadas en plazo por las Entidades Locales que se indican mediante Anexo a la presente, así como la documentación aportada por las mismas, se observa que los documentos que se relacionan para cada Entidad solicitante no figuran en el expediente o bien han de subsanarse en el sentido que exige la Orden de convocatoria.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero) regula el trámite de subsanación y mejora de las solicitudes presentadas por los interesados.

II. La Orden reguladora, en relación con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Reglamento de subvenciones, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, establece que si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

III. El artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone la publicación de los actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo.

A la vista de lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

1. Requerir a cada una de las Entidades Locales indicadas en el Anexo para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA del presente acto, remitan a la Delegación del Gobierno de Granada la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación del expediente, teniéndole, en caso contrario, por desistido de su solicitud, previa Resolución que se dictará al efecto de conformidad con lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

2. Ordenar la publicación del presente acto en el BOJA.

Granada, 7 de mayo de 2004.- El Delegado del Gobierno, Mariano Gutiérrez Terrón.

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