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De conformidad con lo establecido por la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Orden de 16 de febrero de 2004, por la que se efectúa la convocatoria para el año
2004 de subvenciones a Entidades Locales Andaluzas que dispongan de Oficinas de Información al Consumidor; y examinada la documentación presentada por las Entidades Locales interesadas, se comprueba que algunas solicitudes no van acompañadas de la totalidad de la documentación exigida por el artículo 6 de la Orden de 30 de enero de 2003 a la que remite la Orden de 16 de febrero de 2004.
Por lo anterior, y en virtud de lo dispuesto en el artículo de la Orden de 30 de enero de 2003, se les requiere para que en el plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, procedan a efectuar la subsanación de los errores que a continuación se relacionan mediante la remisión de la documentación solicitada al Servicio de Consumo de Granada de la Junta de Andalucía, sito en el Edificio La Normal, Gran Vía
56, de Granada.
Monachil: Certificado acreditativo del Presupuesto total que la Entidad Local destina a materia de consumo en el año 2004.
Almuñécar: Declaración responsable de que sobre el solicitante no ha recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro o, en su caso, acreditación de su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente.
Cenes de la Vega:
- Certificado acreditativo del Presupuesto total que la Entidad Local destina a materia de consumo en el año 2004.
- Certificado del Acuerdo del órgano competente de la Entidad Local por el que se apruebe:
- Presupuesto desglosado de las inversiones a realizar.
- Importe de la subvención que se solicita.
- En caso de que la Entidad Local se comprometa a colaborar en la financiación de la inversión, cantidad que aportaría.Pulianas:
- Certificado del Acuerdo del órgano competente de la Entidad Local por el que se apruebe:
- Presupuesto desglosado de las inversiones a realizar.
- Importe de la subvención que se solicita.
- En caso de que la Entidad Local se comprometa a colaborar en la financiación de la inversión, cantidad que aportaría.- En caso de que la OMIC haya sido creada en el año anterior de la convocatoria, certificado en el que conste la fecha de creación y el nombre del responsable de la misma.
Santa Fe:
- Presupuesto desglosado de las inversiones a realizar.
- Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad del representante de la Entidad Local que suscriba la solicitud.
- Fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad Local.
Granada: Certificado del Acuerdo del órgano competente de la Entidad Local por el que se apruebe:
- Presupuesto desglosado de las inversiones a realizar.
- Importe de la subvención que se solicita.
- En caso de que la Entidad Local se comprometa a colaborar en la financiación de la inversión, cantidad que aportaría.En caso de no atenderse el presente requerimiento, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Se hace constar que el presente requerimiento está expuesto en el tablón de anuncios de la Delegación de Gobierno de Granada sita en C/ Gran Vía, 56 (Granada).
Granada, 11 de mayo de 2004.- El Delegado del Gobierno, Mariano Gutiérrez Terrón.
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