Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 31/05/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. UNO DE ALMERIA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 577/2002. (PD. 1710/2004).

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NIG: 0401342C20020003183.

Procedimiento: Proced. ordinario (N) 577/2002. Negociado: CC.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Castello y Juan, S.A.

Procuradora: Sra. Soler Pareja, Carmen.

Contra: Bernabé Puertas Moreno y R y D Montenegro, S.L.

Hago saber: Que en el procedimiento Proced. Ordinario (N)

577/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería a instancia de Castello y Juan, S.A. contra R y D Montenegro, S.L., CIF B-04300661 y su único Administrador don Bernabé Puertas Moreno titular DNI núm. 27.513.077 se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En la ciudad de Almería, a diecinueve de marzo de dos mil tres.

Visto por doña Otilia Fornieles Melero, Magistrada/Juez de Primera Instancia núm. Uno (Antiguo Mixto Uno), de lo de Almería y su Partido Judicial, los autos de Juicio Ordinario núm. 577/02 promovidos a instancia de Castello y Juan, S.A., representado en autos por la Procuradora Sra. Soler Pareja y asistida del Letrado Sr. Cobo Ruiz de Adana contra la mercantil R y D Montenegro, S.L., y contra don Bernabé Puertas Moreno, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo: Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Soler Pareja en nombre y representación de Castello y Juan, S.A., frente a R y D Montenegro, S.L. y don Bernabé Puertas Moreno, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a los citados demandados a abonar al actor la suma de seis mil doce euros con dieciocho céntimos (6.012,18 euros) más los intereses legales de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda; con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra este resolución cabe interponer recurso de apelación, que se preparará en el plazo de cinco días ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, Juzgando en Primera Instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal a los demandados Bernabé Puertas Moreno y R y D Montenegro, S.L., que se encuentran en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero expido y firmo la presente en Almería, a veintiseis de abril de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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