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Visto el texto del Acuerdo sobre publicación de Anexo del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía (Códig. 7100082), recibido en esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en fecha 13 de abril, suscrito por la representación de la Administración y la de los trabajadores con fecha 27 de noviembre de 2003 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias, y Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social
RESUELVE
Primero. Ordenar la inscripción del acuerdo sobre el Anexo del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de ámbito interprovincial con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. Remitir un ejemplar del citado convenio al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales para su depósito.
Tercero. Disponer la publicación de dicho convenio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de mayo de 2004.- El Director General, Francisco Javier Guerrero Benítez.
ACUERDO SOBRE LA DEFINICION DE LA CATEGORIA PROFESIONAL DE EXPENDEDOR/EXPENDEDORA
Con fecha 28 de noviembre de 2002 se publica el VI Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, en el que se establece el sistema de clasificación profesional y por el que se crea, entre otras, la Categoría Profesional de Expendedor/Expendedora, integrada en el grupo V, quedando la misma pendiente de definición.
A tal efecto, el Pleno de la Comisión del VI Convenio Colectivo, en su reunión celebrada con carácter extraordinario el día 27 de noviembre de 2003, acuerda por unanimidad la definición de la mencionada Categoría Profesional que abajo se indica.
Categoría: Expendedor/Expendedora.
Grupo de clasificación: V.
Definición: Es la que tiene como función básica la expedición, el cobro y la contabilización provisional de entradas y productos a la venta de un centro.
La función básica y las descritas a continuación exigen tener terminada E.P.O o formación laboral equivalente, o categoría profesional reconocida en Convenio Colectivo análoga a la que se describe.
Desarrollará las funciones que se describen a continuación:
- Asumir las tareas de atención al público en la taquilla u oficina expendedora.
- Efectuar la expedición, el cobro y la contabilización provisional de entradas y de los productos a la venta en la taquilla u oficina expendedora.
- Custodia de los fondos recaudados hasta su entrega directa a quién determine la Dirección del centro.
- Realizar el cierre de los ingresos recaudados y emitir, con la frecuencia que le establezcan, partes informativos de recaudación y asistencia al centro.
- Desarrollar aquellas otras tareas implícitas para el normal cumplimiento de la responsabilidad básica y de las funciones particulares expresadas, y con las funciones y tareas de su puesto de trabajo de acuerdo con la legislación laboral vigente y el Convenio Colectivo.
.../... (Acuerdo suscrito en hoja adjunta)
.../... (subscripción del Acuerdo de la categoría profesional expendedor/expendedora)
José Taboada Castiñeiras.
Director General de la Función Pública. En calidad de
Presidente de la Comisión del VI Convenio Colectivo y Portavoz de la Junta de Andalucía.
Julián Pérez Molinero.
Portavoz de la Comisión del VI Convenio Colectivo en
Representación de la F.S.P. de la Unión General de
Trabajadores en Andalucía.
Diego Alcaín Tejada.
Portavoz de la Comisión del VI Convenio Colectivo en
Representación de la F.S.A.P. de Comisiones Obreras en
Andalucía.Alicia Martos Gómez-Landero.
Portavoz de la Comisión del VI Convenio Colectivo en
Representación de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios en Andalucía.
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