Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 15/06/2004

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

EDICTO de la Sección Segunda dimanante del rollo de apelación núm. 1247/2004. (PD. 1897/2004).

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NIG: 4109137C20040000466.

Núm. procedimiento: Apelación Civil 1247/2004.

Asunto: 200122/2004.

Autos de: Juicio Monitorio (N) 517/2000.

Juzgado de origen: 1.ª Instan. Sevilla núm. Catorce.

Negociado: 3C.

Apelante: Monte de Piedad y Caja Gral. de Ahorros de Badajoz.

Procurador: José Tristán Jiménez.

Abogado:

Apelado: Aire Clima Control, S.A. y otro.

Procurador: Rafael Campos Vázquez.

Abogado:

EDICTO

Don Antonio Elías Pérez, Secretario de la Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico: Que en el Rollo de Apelación, núm. 1247/04-C, dimanante de los autos núm. 517/00 del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla, sobre ejecutivo, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor:

SENTENCIA NUM. 152

Ilmos. Sres. don Manuel Damián Alvarez García. Don Rafael Márquez Romero. Don Carlos M.ª Piñol Rodríguez.

En la ciudad de Sevilla, a seis de mayo de 2004.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, J. de Ejecutivo procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia Monte de Piedad y Caja General de Ahorros de Badajoz, que en el recurso es parte apelante, representado por el Procurador Sr. Tristán Jiménez contra Aire Clima Control, S.A. que en el recurso es parte apelada, representado por el Procurador Sr. Campos Vázquez y contra don Francisco Llacer Pation que se encuentra en situación de rebeldía.

Fallamos que estimando el recurso deducido por la representación procesal de la entidad Monte de Piedad y Caja General de Ahorros de Badajoz contra la Sentencia del Juzgado de Primera instancia número Catorce de Sevilla, recaída en las actuaciones de que este Rollo dimana, debemos revocarla en el sentido de desestimar la oposición formulada por la entidad Aire Clima Control, S.A. y en consecuencia mandar seguir adelante la ejecución por la cantidad de 21.572,85 euros, intereses pactados y costas de la primera instancia sin hacer expresa imposición de las causadas en esta segunda instancia. Devuélvanse a su tiempo las actuaciones originales al Juzgado de donde proceden, con certificación literal de esta resolución y despacho para su cumplimiento. Así por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación al demandado rebelde don Francisco Llacer Pation, expido la presente en Sevilla, a diecinueve de mayo de dos mil cuatro.-El Secretario.

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