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Nombre y apellidos: Don Eduardo Dávila Muñoz y doña M.ª Sol Espinoza Orellana.
Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose don Eduardo Dávila Muñoz y doña M.ª Sol Espinoza Orellana en ignorado paradero, y no habiendo podido, por tanto, haberles sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado.
Para su conocimiento íntegro, los interesados podrán comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto núm., 1.ª planta.
La Comisión Provincial de Medidas de Protección en Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de acogimiento familiar y adopción (BOJA núm. 135, de 19 de noviembre de
2002) ha acordado, entre otras, en el expediente de protección 2002/41/135, el cese del acogimiento familiar simple del menor L.M.L.D. con sus actuales acogedores y constituir el acogimiento familiar simple con sus abuelos maternos.
Lo que se notifica a los efectos legales oportunos, haciendo saber contra la presente resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital por los trámites del art. 779 y siguientes de la Ley de Enjuicamiento Civil sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa.
Sevilla, 17 de mayo de 2004.- El Delegado, Francisco Obregón Rojano.
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