Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 18/06/2004

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

NOTIFICACION de la Delegación Provincial de Sevilla, de Resolución de 27 de mayo de 2004, dictada en el expediente 1998/41/0674 sobre protección de menores, por la que se acuerda iniciar de oficio procedimiento de desamparo del menor que se cita.

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Nombre y apellidos: Don Raúl Ruiz Benítez.

Contenido del acto: De conformidad con los dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose don Raúl Ruiz Benítez en ignorado paradero, y no habiendo podido, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado. Para su conocimiento íntegro, los interesados podrán comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto, núm..

Con fecha 27 de mayo de 2004, el Delegado Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, en el expediente de protección de menores arriba referenciado, dictó resolución acordando iniciar de oficio el procedimiento de desamparo respecto al menor A.R.R.C. y nombrar instructor del procedimiento al Jefe del Servicio de Protección de Menores.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 24.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, dispone de un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este acuerdo, para aportar cuantas alegaciones y documentos estime convenientes y en su caso proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

Se le informa de la posibilidad de intervenir en dicho procedimiento por medio de representante, pudiendo solicitar ante el Colegio de Abogados competente el Beneficio de Justicia Gratuita y el nombramiento en su caso de Letrado que le asista, en defensa de sus intereses, de acuerdo con los requisitos y procedimientos establecidos legalmente al efecto.

Contra este acuerdo no cabe recurso alguno, pudiendo alegarse la oposición al mismo por los interesados, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, conforme a lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 27 de mayo de 2004.- El Delegado, Francisco Obregón Rojano.

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