Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 18/06/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 2 de junio de 2004, del Centro Andaluz de Medicina del Deporte, por la que se aprueban las listas provisionales de Entidades Locales admitidas y excluidas y las causas de exclusión, de la convocatoria de subvenciones para la adquisición de material médico deportivo.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Orden de 28 de enero de 2004 (BOJA núm., de 19 de febrero) de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte por la que se convocan subvenciones para la adquisición de material médico deportivo a las Entidades Locales de Andalucía, esta Dirección del Centro Andaluz de Medicina del Deporte

R E S U E L V E

Primero. Aprobar las listas provisionales de las Entidades admitidas (Anexo 1) y excluidas (Anexo 2) a dicha convocatoria y las causas de exclusión.

Segundo. El contenido íntegro de esta Resolución que contiene las listas con los Anexos citados y causas de exclusión, quedan expuestas en los tablones de anuncios de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, en el del Centro Andaluz de Medicina del Deporte, en el del Instituto Andaluz del Deporte y en los de las Delegaciones Provinciales de Turismo, Comercio y Deporte.

Tercero. A partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los interesados dispondrán de diez días hábiles para subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión u omisión en las listas.

Cuarto. Los escritos de subsanación acompañados en su caso de la documentación correspondiente, se presentarán preferentemente en el Registro del Centro Andaluz de Medicina del Deporte, pudiendo presentarse igualmente en el de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, en el del Instituto Andaluz del Deporte, en los de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería y en los demás registros que correspondan, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. Tras ser valorados los escritos que se presenten y, en su caso, subsanados los errores que se hubieran producido, la Dirección del Centro Andaluz de Medicina del Deporte dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de los Ayuntamientos admitidos y excluidos, que se expondrán en los tablones de anuncios indicados en el apartado segundo de la presente Resolución.

Sevilla, 2 de junio de 2004.- El Director, P.V. (Decreto

240/2004, de 18.5), El Secretario General Técnico, Juan Ignacio Serrano Aguilar.

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