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Por haber resultado desconocidas las personas que se relacionan en el domicilio indicado en la solicitud, o ignorándose el lugar de la notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiera podido practicar, de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, en relación con el art. 20 del Decreto 216/1999, de 26 de Octubre (modificado por Decreto 273/2001 de 18 de Diciembre), por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de Andalucía, se procede a hacer pública la Resolución dictada por esta Comisión Provincial en los expedientes instruidos en orden al no reconocimiento del derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita.
El expediente completo se encuentra a disposición de los interesados en la Secretaria de la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita, Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, sita en
C/ Alcalde Muñoz, 15, de Almería, a efectos de su conocimiento y ejercicio de los derechos que le asisten.
Expdt. Nombre, apellidos y último domicilio
01200401557 Francisco García Muñoz
C/ Nicaragua, 2. P. 4-4-1
04740 - Roquetas de Mar
01200401558 Francisco García Muñoz
C/ Nicaragua, 2. P. 4-4-1
04740 - Roquetas de Mar
01200402048 Emilio Lupiáñez Plaza
Avda. Mariano Hernández Complejo
Puertomar, 4.14
04740 - Roquetas de Mar
01200402429 Amadou Dabie
Avda. Cabo de Gata, 111, 4.º A
04007 - Almería
De conformidad con lo previsto en el art. 20 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, la resolución recaída podrá ser impugnada, por escrito y motivadamente, en el plazo de 5 días siguientes a partir de la fecha de publicación de este anuncio, ante el Secretario de esta Comisión, sita en la Delegación Provincial de la Consejería de Justicia y Administración Pública en Almería, que remitirá el expediente al Organo Jurisdiccional competente en la causa principal, o Juez Decano, en su caso, a fin de que se resuelva lo que proceda.
Almería, 10 de junio de 2004.- El Delegado, Manuel Ceba Pleguezuelos.
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