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En el recurso contencioso-administrativo número 126/2004, interpuesto por Zardoya Otis, S.A., contra Resolución de la Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, de fecha 14 de enero de 2004, recaída en el expediente ASC-03-016, por la que se concedía parcialmente la subvención solicitada de reforma y mejora de ascensores al amparo de la Orden de 29 de diciembre de 1998, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Sevilla, con fecha
21 de mayo de 2004, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallo: Que debo desestimar y desestimo el recurso interpuesto contra la resolución a la que se refieren estas actuaciones por ser conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas." Según lo establecido en el artículo 3.4.6 de la Orden de 18 de mayo de 2004 de delegación de competencias y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y
104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 21 de junio de 2004.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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