Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 06/07/2004

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Secretaría General Técnica, Servicio de Legislación, por el que se notifica la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por don Mauricio Martín Gómez, contra otra dictada por el Delegado del Gobierno en Granada, recaída en el expediente GR- 47/02-EP.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Mauricio Martín Gómez de la resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

"En Sevilla, a 19 de abril de dos mil cuatro.

Visto el recurso interpuesto y con base en los siguientes A N T E C E D E N T E S

Primero. El procedimiento sancionador núm. GR-47/02-E.P. tramitado en instancia, se fundamenta en el Acta/Denuncia levantada con fecha 2 de febrero de 2002 por agentes de la Policía Local de Granada, en la cual se hacía constar que el estable

cimiento denominado "Bar La Estrella" no disponía del seguro preceptivo en vigor.

Segundo. Tramitado el expediente en la forma legalmente prevista, fue dictada Resolución por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, con fecha de registro de salida de 8 de mayo de 2003, notificada a la parte recurrente el 30 de mayo de 2003.

Tercero. Contra la citada Resolución se interpuso recurso de alzada, con sello de entrada en el Registro General de la Delegación del Gobierno de Granada el 1 de julio de 2003, por lo tanto, fuera del plazo de un mes establecido en el art.

115.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a cuyo tenor:

. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso.

Si no lo fuera, el plazo será de tres meses y se contará, para solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo. Transcurridos dichos plazos sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos."

Dicho artículo ha de ser cohonestado con lo preceptuado en el artículo 48.2 del citado cuerpo legal:

"Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes."

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I

A tenor de lo dispuesto en el artículo 39.8 de la Ley/1983, de

21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, el Consejero de Gobernación es competente para la resolución de los recursos de alzada interpuestos al amparo del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra las resoluciones de los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía.

Por Orden de 18 de junio de 2001 (BOJA núm. 79, de 12.7.2001), artículo 3.4, la resolución de recursos administrativos en el ámbito competencial de la Consejería de Gobernación, ha sido delegada en su Secretaría General Técnica.

II

Para el cómputo de los plazos fijados por meses, se utiliza el cómputo de fecha a fecha de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 185.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 5.1 del Código Civil y 48.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre; la interpretación de los mencionados artículos ha dado lugar a una frondosa doctrina jurisprudencial, así a título de ejemplo citar las siguientes Sentencias del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3.ª: 14.4.93; 11.1.94;

15.7.95 y Sentencia de 2 de diciembre de 1997 (Ar. 9675), estableciendo el tenor literal de esta última:

"En definitiva, tanto la línea jurisprudencial actual, como el régimen normativo surgido con la Ley 30/1992, pretenden priorizar la regla específica, en los plazos fijados por meses o años, del cómputo de fecha a fecha, de suerte tal que el `dies ad quem? sea, en el mes de que se trate, el equivalente al día de la notificación o publicación. Por todas, es muy expresiva del significado último de esa línea jurisprudencial, la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 marzo 1988 (RJ

1988/1664), en la que se lee: `... la doctrina jurisprudencial es en la actualidad categórica y concluyente, en establecer que en los plazos señalados por meses, y aunque el cómputo de fecha a fecha se inicie al día siguiente de la notificación o publicación, el día final de dichos plazos será siempre el correspondiente al mismo número ordinal del día de la

notificación o publicación....?"

Por cuanto antecede, habiendo adquirido firmeza en vía

administrativa la Resolución recurrida, resuelvo no admitir el presente recurso, por extemporaneidad en su interposición.

Notifíquese al interesado, con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico, P.D. (Orden de

18.6.01). Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos."

Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 17 de junio de 2004.- El Jefe del Servicio, Manuel Núñez Gómez.

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