Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 22/07/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 2 de julio de 2004, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo heráldico del municipio de Rincón de la Victoria (Málaga).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas, de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria (Málaga), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo heráldico municipal.

Emitido el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la citada Ley 6/2003, el Pleno del mencionado Ayuntamiento aprobó en sesión de fecha 28 de mayo de 2004, por mayoría absoluta del número legal de miembros, la adopción de su escudo heráldico municipal, con la siguiente descripción: "Escudo medio partido y cortado. En el primero, de oro, una montaña acantilada, en su color natural, sobre ondas de azur y plata, con una boca de cueva, aclarada de oro, siniestrada y rodeada de una higuera salvaje de sinople. En el segundo, de gules, un cerro en su color natural, sobre ondas de azur y plata, una jábega en sus colores naturales, sobre ondas de zur y plata, con tres remos que se hunden en las ondas, surmontada de una luna de plata, en cuarto creciente, y a la que curmonta a su vez el planeta Venus, en roel de azur. La luna fileteada de sable.

Al timbre, Corona Real cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de perlas y de cuyas hojas salen sendas diademas sumadas de perlas, que convergen en un mundo de azur, con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro. La corona forrada de gules".

Mediante escrito de fecha 9 de junio de 2004, se solicita por dicha Entidad Local, la inscripción del mencionado símbolo en el Registro Andaluz de Entidades Locales.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre,

RESUELVE

Admitir la inscripción del escudo heráldico del municipio de Rincón de la Victoria (Málaga), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal y gráfica que acompaña a la solicitud del Registro.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 2 de julio de 2004.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.

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