Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 26/07/2004

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Consejería de Gobernación

Anuncio de la Secretaría General Técnica, Servicio de Legislación, por el que se notifica la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por don Antonio Colorado Castaño, en nombre y representación de Panaderia y Bollería Nuestra Señora del Rocío S.L. contra otra dictada por el Delegado del Gobierno en Sevilla recaída en el expediente 298/03.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Antonio Colorado Castaño en nombre y representación de "Panadería y bollería nuestra señora del Rocío, S.L." de la resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado de Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

"En la ciudad de Sevilla, a dos de junio de dos mil cuatro. Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes

A N T E C E D E N T E S

Primero. Por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla se dictó resolución en el expediente arriba referenciado.

Segundo. Notificada la misma el día 26 de marzo de 2004, se interpuso por la interesada recurso de alzada el día 27 de abril de 2004.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Consejero realizada por la Orden de 18 de junio de 2001, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114. 1 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), y artículo 39. 8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del gobierno y la administración de la Comunidad Autónoma, en relación con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto

199/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación.

Segundo. El artículo 115.1 de la LRJAP-PAC da como plazo para la interposición de recurso de alzada contra las resoluciones administrativas el de un mes, a partir, según su artículo 48.2, del día siguiente al de su notificación. La cuestión del día final para la interposición de recursos se termina de aclarar por el Tribunal Supremo en la sentencia de 13 de febrero de

1998: En síntesis este criterio que luego seria acogido por el art. 48.2 y 4, párrafo segundo de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común puede resumirse, incluso antes de esta Ley, en los siguientes términos: en los plazos señalados por meses, y aunque el cómputo de fecha a fecha se inicie al día siguiente al de la notificación o publicación, el día final de dichos plazos será siempre el correspondiente al mismo número ordinal del día de la notificación o publicación del mes o año que corresponda (SSTS 25 mayo y 21 noviembre 1985, 24 marzo y

26 mayo 1986, 30 septiembre y 20 diciembre, 12 mayo 1989, 2 abril y 30 octubre 1990, 9 enero y 26 febrero 1991, 18 febrero

1994, 25 octubre, 19 julio y 24 noviembre 1995 y 16 julio y 2 diciembre 1997, entre otras muchas).

Por tanto, a la vista de la fecha de la notificación de la resolución (26 de marzo de 2004) y de la de interposición del recurso de alzada (27 de abril de 2004), éste fue interpuesto fuera del plazo legalmente establecido, por lo que deviene firme la resolución recurrida.

Vistos los preceptos citados y normas de general y especial aplicación, resuelvo no admitir el recurso de alzada

interpuesto por don Antonio Colorado Castaño, en nombre y representación de la entidad "Panadería y Bollería Nuestra Señora del Rocío, S.L.", contra la resolución del Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, de fecha 15 de marzo de 2004, recaída en el expediente sancionador núm. 298/03, y confirmar la misma.

Notifíquese al interesado, con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico, Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos."

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-

administrativa.

Sevilla, 13 de julio de 2004.- El Jefe del Servicio, Manuel Núñez Gómez.

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