Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 27/07/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 14 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1456/2003. (PD. 2506/2004).

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NIG: 4109100C20030037534.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1456/2003. Negociado: G. Sobre: Arrendamiento Urbano.

De: Doña María Rosa Fernández Jimom.

Procuradora: Sra. María del Pino Tejera Romero 127.

Contra: Herencia yacente de doña Rosario Bermúdez Romero.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1456/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla a instancia de María Rosa Fernández Jimom contra herencia yacente de Rosario Bermúdez Romero sobre arrendamiento urbano, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En Sevilla, a veintinueve de abril de dos mil cuatro.

El Sr. don Rafael Ceres García, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Proced. Ordinario (N) 1456/2003 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña María Rosa Fernández Jimom con Procuradora doña María del Pino Tejera Romero 127 y Letrado/a; y de otra como demandada herencia yacente de doña Rosario Bermúdez Romero con Procurador/a y Letrado/a, sobre arrendamiento urbano, y,

F A L L O

Que estimando la demanda deducida por la Procuradora M.ª del Pino Tejera Romero, en representación de doña Rosa Fernández Jimom, contra la herencia yacente, comunidad hereditaria y demás desconocidos e ignorados herederos de doña Rosario Bermúdez Romero, sobre extinción de contrato de arrendamiento, debo declarar y declaro haber lugar a la misma, declarando que procede la extinción del contrato de arrendamiento que tiene por objeto la vivienda sita en Sevilla, C/ Pagés del Corro núm. 128, cuarto 1, según nomenclatura de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla condenando a los codemandados a que la desalojen y la dejen libre y a disposición de la parte actora, apercibiéndoles de lanzamiento si no lo verificaren dentro del plazo legal, e imponiendo expresamente a los susodichos codemandados el pago de las costas causadas en el presente procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en ambos efectos, ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo

455.1.º LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada herencia yacente de Rosario Bermúdez Romero, extiendo y firmo la presente en Sevilla a veintinueve de abril de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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