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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de
2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto
137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Uso doméstico
Cuota de servicio
Calibre del contador en mme uros/mes
13 y menores 1,6208
15 2,1500
20 3,8100
25 5,9732
30 8,5676
40 15,2662
50 23,8405
65 40,2963
80 61,0390
100 98,4651
125 149,0229
150 214,5908
200 381,4941
250 y más 596,0915.
Si el valor de la tabla es menor que el resultado de multiplicar el número de viviendas por 1,6208 euros/mes, se tomará este resultado.
Cuota variable o de consumo
Suministros medidos por contador
- Bloque I, hasta 16 m/vivienda/mes 0,4510 euros/m
- Bloque II, más de 16 m
hasta 24 m/vivienda/mes 0,5822 euros/m- Bloque III, más de 24 m/vivienda/mes 0,7057 euros/m
Suministros sin contador
- Se facturará un importe de 4,6693 euros/mes Bonificaciones: Conforme al Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 27 de noviembre de 2003 que se transcribe a continuación:
"A las familias numerosas, definidas conforme a la Ley 8/1998, de 14 de abril, se le bonificará en los consumos domésticos, el precio del segundo bloque que pasará a ser el mismo que el que se aplique al primer bloque tarifario.
En caso de tener más de una póliza de suministro el titular, sólo le será de aplicación en su domicilio habitual, debiendo acreditar esta condición mediante certificación de ocupación del Excmo. Ayuntamiento.
No será de aplicación esta bonificación a contadores con más de un suministro."
Uso industrial, comercial y organismos oficiales
Cuota del servicio
Calibre del contador en mm euros/mes
13 y menores 3,2218
15 4,2937
20 7,6266
25 11,9127
30 17,1745
40 30,5195
50 47,6940
65 80,5925
80 122,0782
100 190,7437
125 298,0393
150 429,1948
200 762,9883
250 y más 1.192,1699
Si el valor de la tabla es menor que el resultado de
multiplicar el número de locales o unidades por 3,2218
euros/mes, se tomará este resultado.
Cuota variable o de consumo
Suministros medidos por contador
- Bloque único 0,5784 euros/m
Suministros sin contador
- Se facturará un importe de 5,9274 euros/mes
Bocas de incendio
Cuota de servicio (equivalente a
contadores de 25 mm) por unidad
de bocas de suministro de incendio 11,9137 euros/mes
Otros usos
Riegos y usos públicos municipales 0,0547 euros/m
Derechos de Acometida
Parámetro A1 6,6453 euros/mm
Parámetro B2 66,500 euros/l/segundo/instalado
Cuota de contratación y reconexión
Calibre del contador en mm euros
13 22,3505
15 31,9377
20 55,8893
25 76,0447
30 94,0750
40 130,1358
50 166,1965
65 220,2876
82 274,3787
100 346,5001
125 436,6519
150 526,8037
200 707,1074
250 y más 887,4110
Para mayores calibres, aplicación del art. 56 del RSDA.
Fianzas
Uso doméstico
Calibre del contador en mm euros
13 36,5295
15 55,5155
20 109,6006
25 219,2192
30 292,2962
40 329,7994
50 y mayores 365,3673
Uso industrial, comercial y organismos oficiales
Calibre del contador en mm euros
13 73,0771
15 109,6006
20 219,2192
25 438,4443
30 584,3040
40 657,6575
50 y mayores 730,7406
Esta Resolución surtirá efecto el día 1 de enero de 2004 siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,
publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 22 de diciembre de 2003.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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