Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 03/08/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª DE INSTANCIA NUM. 4 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 523/2000. (PD. 2591/2004).

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NIG: 2906742C20004001002.

Procedimiento: Juicio Verbal 523/2000. Negociado: PL.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Antonio López Escobosa.

Procuradora: Sra. María Luisa Gallur Pardini.

Contra: Entidad Transmago, S.L., Antonio Jiménez Ballesteros y Cía. Seguros Plus Ultra.

Procurador: Sr. Manuel Manosalbas Gómez.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Juicio Verbal 523/2000 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Málaga a instancia de Antonio López Escobosa contra Entidad Transmago, S.L., Antonio Jiménez Ballesteros y Cía. Seguros Plus Ultra sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Málaga, a veintitrés de febrero de dos mil uno.

El Ilmo. Sr. don Bernardo M.ª Pinazo Osuna, Magistrado-Juez titular del Juzg. de 1.ª Instancia 4 de Málaga, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal 523/2000, seguidos a instancia de Antonio López Escobosa representado por la Procuradora de los Tribunales doña María Luisa Gallur Pardini, contra Entidad Transmago, S.L., Antonio Jiménez Ballesteros y Cía. Seguros Plus Ultra, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por doña María Luisa Gallur Pardini, Procuradora de los Tribunales, y de don Antonio López Escobosa, asistido del Letrado don Antonio Gómez de la Cruz Coll, contra don Antonio Jiménez Ballesteros, Transmago, S.L., en rebeldía y contra la entidad Plus Ultra, representada por el Procurador de los Tribunales don Manuel Manosalbas Gómez, asistido del Letrado don Gregorio Martínez Tello, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la actora la suma de 340.510 pesetas, incrementadas con los intereses legales que se contienen en la presente Resolución, imponiéndose las costas causadas a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia, contra la que es susceptible de interponer recurso de apelación en los términos de la Ley 1/2000, de 7 de enero, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Publicación: Leída y publicada que fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Entidad Transmago, S.L., y Antonio Jiménez Ballesteros, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintidós de junio de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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