Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 158 de 12/08/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 19 de julio 2004, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicos los listados definitivos de admitidos y excluidos, para la concesión de anticipos al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 2004.

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Vistas las reclamaciones y demás documentación aportada por los interesados en relación a los listados provisionales de admitidos y excluidos de la concesión de anticipos reintegrables para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía en el presente ejercicio económico, que fueron publicados mediante resolución de esta Dirección General de 30 de marzo de 2004, publicada en el BOJA del día 14 de abril, y en función de la competencia establecida en la Disposición Final Primera de la Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del día 24), mediante la que se fija la competencia para conocer y resolver en este asunto a favor de la Secretaría General para la Administración Pública, la cual ha sido delegada en esta Dirección General, mediante Resolución de

10 de diciembre de 1996 (BOJA del día 28),

DISPONGO

Publicar el listado definitivo del personal de esta Administración beneficiario de los anticipos reintegrables del ejercicio 2004, así como del excluido de los mismos, con indicación de las causas de exclusión, que, a tales efectos, quedarán expuestos en esta Consejería y en las Delegaciones Provinciales de Justicia y Administración Pública y cuya consulta podrá realizarse, a su vez, a través de la web de la Junta de Andalucía www.juntadeandalucia.es y de la web del empleado público http://empleado.juntadeandalucia.es.

Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer los siguientes recursos:

El personal funcionario y no laboral podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación,

de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Sevilla, o ante el Juzgado en cuya circunscripción tuviera el demandante su domicilio, a elección de este último, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

El personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Sevilla, 19 de julio de 2004.- El Director General (P.O. de

14.7.2004), La Directora General de la Administración Electrónica y Calidad de los Servicios, Isabel Mateos Guilarte.

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