Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 184 de 20/9/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DOCE DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1008/2003. (PD. 3060/2004).

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N.I.G.: 2906742C20030022292.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1008/2003. Negociado: EM.

De: Wolfgang Neuhauser y Michaela Neuhauser.

Procurador: Sr. Salvador Bermúdez Sepúlveda.

Contra: Los Molinos, Konederpas, S.L. y Hubertus Stoffels.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1008/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga a instancia de Wolfgang Neuhauser y Michaela Neuhauser contra Los Molinos, Konederpas S.L. y Hubertus Stoffels sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su fallo, es como sigue:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Bermúdez Sepúlveda, en nombre y representación de don Wolfgang Neuhauser y doña Michaela Neuhauser contra la entidad Los Molinos, Konederpas S.L. y Hubertus Stoffels, en situación procesal de rebeldía; debo condenar y condeno solidariamente a los codemandados a pagar a la parte demandante la cantidad de cinco mil trescientos cincuenta euros (5.350 euros), más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, así como al pago de las costas procesales causadas en la tramitación de este procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Líbrese Testimonio de esta Sentencia para su unión a los autos de su razón e inclúyase la misma en el Libro de su clase.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Los Molinos, Konederpas S.L. y Hubertus Stoffels, extiendo y firmo la presente en Málaga a tres de septiembre de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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