Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 28/09/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 27 de agosto de 2004, por la que se modifica la autorización de Enseñanzas del Centro docente privado Academia Universo de Baza (Granada).

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Visto el expediente tramitado por don Pedro Antonio Menéndez Romo, como titular del Centro docente privado "Academia Universo", con domicilio en C/ Corredera, núm., de Baza (Granada), solicitando modificar la autorización de enseñanzas concedida por Orden de 7 de julio de 2003 (BOJA de

29), por incremento de un ciclo formativo de Grado Medio de Formación Profesional Específica de Explotación de Sistemas Informáticos, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y en el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo.

Resultando que, por Orden de 7 de julio de 2003 (BOJA de 29), el citado centro tiene autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica, uno de Grado Medio de Gestión Administrativa y otro de Grado Superior de Administración de Sistemas Informáticos.

Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE de 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio (BOE de 28), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad en la Educación; el Real Decreto 1662/1994, de 22 de julio (BOE de

30 de septiembre), por el que se establece el título de Técnico en Gestión Administrativa y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1660/1994, de 22 de julio (BOE de 30 de septiembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto

497/2003, de 2 de mayo (BOE de 24), por el que se establece el título de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación de Granada, como se contempla en el artículo 9, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Autorizar la modificación solicitada de las enseñanzas al Centro Docente Privado "Academia Universo" de

Baza (Granada), y como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional

Específica.

Denominación específica: "Academia Universo".

Titular: Don Pedro Antonio Menéndez Romo.

Domicilio: C/ Corredera, núm..

Localidad: Baza.

Municipio: Baza.

Provincia: Granada.

Código: 18003806.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio:

- Gestión Administrativa.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 23.

- Explotación de Sistemas Informáticos (impartido en turno de tarde).

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

b) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:

- Administración de Sistemas Informáticos.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 46.

Segundo. El Centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Tercero. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Cuarto. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada la

relación del profesorado del centro con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 27 de agosto de 2004

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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