Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 08/10/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 24 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, por la que se revisan los Campos de Actuación objeto de la autorización como entidad colaboradora de la Consejería en materia de Protección Ambiental de la Sociedad SGS Tecnos, SA (Expte. REC011).

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A la vista de la información remitida por la Entidad Nacional de Acreditación a instancias de esta Dirección General, en relación con el alcance de la acreditación de la Sociedad SGS Tecnos, S.A., en el campo "residuos", así como del expediente de referencia, resultan los siguientes

H E C H O S

Primero. La Sociedad SGS Tecnos, S.A., fue autorizada mediante Resolución de 30 de noviembre de 1999, del Director General de Protección Ambiental (BOJA núm. 30, de 11 de marzo de 2000), como Entidad Colaboradora de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Protección Ambiental para las actuaciones en los campos de: a) Contaminación atmosférica producida por cualquier forma de materia o energía, b) Control de vertidos y calidad de las aguas, c) Residuos y suelos contaminados y d) Prevención Ambiental.

Segundo. Realizada por la Entidad Nacional de Acreditación revisión del Anexo Técnico (Rev.) de fecha 14 de mayo de 2004, que fija el alcance de la acreditación con núm. 08/EI093, correspondiente a SGS Tecnos, S.A., resulta que por dicha Acreditación quedan cubiertos únicamente los ámbitos de Aguas Residuales, Aguas de Consumo, Emisiones, Calidad del Aire (Inmisiones), Instalaciones o Sistemas de Control en el ámbito de la Contaminación Atmosférica, y Ruidos.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 9 del Decreto 12/1999, de 26 de enero, por el que se regulan las Entidades Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Protección Ambiental contempla la posibilidad de modificación de la autorización como Entidad Colaboradora en los supuestos en los que no se mantengan los requisitos que le sirvieron de base.

Segundo. La competencia para resolver sobre la modificación de estas autorizaciones corresponde al Director General de Prevención y Calidad Ambiental, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del citado Decreto 12/1999 y en el artículo 11.1 del Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Por lo expuesto, vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Decreto 12/1999, de 26 de enero, por el que se regulan las Entidades Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Protección Ambiental, el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, y demás normativa de general y pertinente aplicación,

R E S U E L V O

Primero. Modificar la autorización como Entidad Colaboradora de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Protección Ambiental de SGS Tecnos, S.A., limitando sus campos de actuación a los de Contaminación de la atmósfera por cualquier forma de materia o energía (atmósfera y ruidos), y Control de vertidos y calidad de aguas (aguas), de conformidad con el alcance de su Acreditación, permaneciendo vigentes el resto de las condiciones en lo que no contradigan a la presente resolución.

Segundo. Ordenar la oportuna corrección en el Registro

Administrativo Especial de Entidades Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Protección

Ambiental de dicha sociedad, limitando sus campos de actuación a lo establecido en el punto anterior.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 24 de septiembre de 2004.- La Directora General, Esperanza Caro Gómez.

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