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La Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 22 de julio (BOJA de 7 de agosto de 2003) estableció las bases de la convocatoria de Planes Autoevaluación y Mejora de centros docentes públicos de todos los niveles de enseñanza, a excepción de los universitarios.
A la vista de las valoraciones y observaciones realizadas por la Comisión constituida al efecto, según lo dispuesto en el artículo séptimo de dicha Orden, esta Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado
RESUELVE
Primero. Valoración de las propuestas.
1. Reconocer como Planes de Autoevaluación y Mejora las propuestas presentadas por los centros educativos que se relacionan en el Anexo I.
2. El resto de las propuestas presentadas a la convocatoria, que figuran en el Anexo II de la presente Orden, no han sido reconocidas como Planes Autoevaluación y Mejora. La Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado notificará a estos centros los motivos específicos de esta Resolución.
Segundo. Recursos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley
29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Consejera de Educación y Ciencia, de conformidad con los artículos 107.1,
116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 1 de diciembre de 2003.- La Directora General, Pilar Ballarín Domingo.
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