Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 22/10/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

ORDEN de 1 de octubre de 2004, por la que se delegan competencias para la concesión de la autorización de emisión de gases de efecto invernadero.

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El Real Decreto-Ley 5/2004, de 27 de agosto, por el que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 28 de agosto de 2004, ha traspuesto al ordenamiento jurídico español la Directiva 2003/87/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE. Esta Directiva constituye dentro del Programa Europeo del Cambio Climático, la iniciativa más relevante de la Unión Europea (UE) para lograr que la Comunidad y sus Estados miembros puedan cumplir el compromiso de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto citado todas las instalaciones existentes a su entrada en vigor deberán contar, entre otras, con una autorización de emisión de gases de efecto invernadero a partir del 1 de enero de

2005, cuyo otorgamiento corresponde al órgano competente que designe la Comunidad Autónoma en la que se ubique o, en su defecto, al competente en materia de medio ambiente.

En la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme al Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y al Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, el órgano que ostenta las competencias de medio ambiente es esta Consejería.

Razones de eficacia, celeridad y simplificación en el trámite y resolución de los expedientes administrativos, aconsejan adoptar medidas de racionalización y descentralización administrativa mediante la delegación del ejercicio de gran parte de las competencias sobre el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero que a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 5/2004, hay que ejercitar.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 47 de la Ley 6/1983, de

21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma,

D I S P O N G O

Artículo 1. Delegación de competencias relativas al régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Se delegan en la persona titular de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental la competencia para la concesión de autorizaciones de emisión de gases de efecto invernadero, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto-Ley 5/2004, de 27 de agosto, por el que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Artículo 2. Avocación de competencias.

El titular de la Consejería podrá avocar, en todo momento, la resolución de cualquier asunto o expediente comprendido en las delegaciones a que se refiere la presente Orden, sin perjuicio de que las mismas subsistan para los demás casos, salvo que por disposición expresa se produzca su revocación o modificación.

Artículo 3. Constancia de la delegación.

En los actos o resoluciones que se adopten en el ejercicio de las competencias delegadas en la presente Orden, deberá constar expresamente tal circunstancia.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de octubre de 2004

FUENSANTA COVES BOTELLA

Consejera de Medio Ambiente

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