Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 26/10/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 16 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento de Medidas Provisionales núm. 60/2004.

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NIG: 2906742C20040000694.

Procedimiento: Medidas Provisionales 60/2004. Negociado: MJ.

De: Doña Francisca Luque Carrasco.

Procuradora: Sra. Emilia María Flores Sánchez.

Letrado: Sra. Concepción León-Parreño González.

Contra: Don Rafael Berlanga Pacheco.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Medidas Provisionales 60/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Málaga a instancia de Francisca Luque Carrasco contra Rafael Berlanga Pacheco sobre, se ha dictado la Resolución que copiada en su encabezamiento y parte dispositiva, es como sigue:

AUTO NUM. 195/04

En la ciudad de Málaga, a veintinueve de abril de dos mil cuatro.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Carmen Moreno Romance, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de los de Málaga y su Partido los presentes autos seguidos para la adopción de medidas provisionales núm. 60/04; en el que son parte doña Francisca Luque Carrasco representada por la Procuradora doña Emilia María Flores Sánchez asistida de la Letrada doña Concepción León-Parreño González y don Rafael Berlanga Pacheco.

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo. La adopción de las siguientes medidas:

1.º La separación provisional de los cónyuges litigantes. Cesando la presunción de convivencia conyugal y quedando revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los esposos hubiera otorgado al otro.

2.º La asignación del uso del domicilio conyugal, así como del mobiliario y ajuar doméstico existente en el mismo a doña Francisca Luque Carrasco, quien se hará cargo de todos los gastos de uso de la misma.

Todo ello, sin hacer especial imposición en las costas causadas en la tramitación de la presente pieza.

Notifíquese esta Resolución a las partes haciéndoles saber que frente a la misma no cabe recurso alguno. Y llévese testimonio de la misma a los autos principales a los efectos oportunos.

Asi lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. Magistrado-Juez, de lo que yo, el Secretario, doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Rafael Berlanga Pacheco, extiendo y firmo la presente en Málaga, a dos de junio de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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