Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 28/10/2004

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

ACUERDO de 8 de octubre de 2004, de la Delegación Provincial de Cádiz, para la notificación por edicto de la Resolución que se cita.

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Acuerdo de fecha 8 de octubre de 2004, de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por el que se ordena la notificación por edicto de Resolución a doña Milagros López Larena, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado. En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, en el plazo de un mes, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, plaza Asdrúbal, s/n, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de fecha 14 de septiembre de 2004, acordando declarar la situación legal de desamparo sobre los menores S. L. L., J. M. L., O. M. L., con la consiguiente asunción de su tutela por ministerio de la Ley, y continuar el acogimiento residencial en el Centro "La Concepción" de La Línea de la Concepción (Cádiz).

Se le significa que contra la misma podrá interponerse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital, por los trámites prevenidos en los artículos 779 y

780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de la interposición con carácter potestativo de Reclamación Previa ante el Consejero para la Igualdad y Bienestar Social, de conformidad con lo que establece el artículo 120 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 49.4 de la Ley6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y 30 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa.

Cádiz, 8 de octubre de 2004.- La Delegada (Por Decreto

21/1985), el Secretario General, José R. Galván de la Torre.

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