Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 29/10/2004

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 19 de octubre de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Tesorería del Ayuntamiento de Algeciras, mediante el sistema de libre designación.

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Vacante el puesto de trabajo de Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, aprobadas por dicha Corporación las bases de selección, y acordada asimismo su convocatoria, efectuada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 20 de septiembre de 2004, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto

1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen jurídico de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el artículo 12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Tesorería, vacante en la Relación de Puestos de Trabajo de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras.

BASES REGULADORAS DE LA PROVISION DEL PUESTO DE TRABAJO DE TESORERO DEL AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS (CADIZ), MEDIANTE EL SISTEMA DE LIBRE

DESIGNACION

Primera. Estas bases tienen por objeto la regulación de la provisión del puesto de trabajo de Tesorero de este Excmo. Ayuntamiento, entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el procedimiento de libre designación, conforme lo previsto en los artículos 49 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, 99.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y 27 y siguientes del Real Decreto 1732/94, de 29 de julio, con la redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de

27 de junio, y de acuerdo con los siguientes datos:

1. Corporación: Ayuntamiento de Algeciras.

2. Denominación: Tesorero.

3. Clase de puesto: Grupo: A. Escala: Habilitación de carácter nacional. Subescala: Intervención-Tesorería.

4. Nivel de complemento de destino: 30.

5. Complemento específico: 1.837,53 euros/mes.

6. Provisión: Libre Designación.

Los aspirantes deberán acreditar los requisitos mediante las correspondientes certificaciones.

Segunda. La participación en el proceso selectivo podrá ser solicitada por funcionarios de Administración Local con Habilitación Nacional perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería y que reúnan, en ambos casos, los requisitos exigidos en la base primera.

Tercera. No podrán participar en el procedimiento de provisión de puestos de trabajo, a que se refieren estas bases, los funcionarios que en la fecha de finalización de plazo de presentación de instancias, se hallen en alguna de las

circunstancias siguientes:

- Inhabilitados o suspensos en virtud de sentencia o

resolución administrativa si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

- Destituidos conforme al art. 148.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril.

- Situación de excedencia voluntaria por interés particular, de acuerdo con lo previsto en el art. 29.3.c) de la Ley 30/84, de 2 de agosto, cuando no hubiesen transcurrido 2 años desde el pase a dicha situación.

- Falta de permanencia de un mínimo de dos años en el último puesto de trabajo obtenido con carácter definitivo en

cualquier Administración Pública, salvo que se trate de la misma Corporación o concurra alguno de los demás supuestos del art. 20.1.f) de la Ley de Medidas para la reforma de la Función Pública.

Cuarta. Quienes aspiren a cubrir el puesto de trabajo, deberán hacerlo constar en instancia, con el contenido establecido en el art. 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Las instancias, acompañadas de currículum vitae, con las certificaciones pertinentes, deberán dirigirse al Sr. Alcalde de este Excmo. Ayuntamiento, y habrán de presentarse dentro del plazo de los veintidós días hábiles al de la publicación de la del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Quinta. La Presidencia del Excmo. Ayuntamiento podrá mantener entrevista con los interesados. En tal caso, los gastos de desplazamiento serán a cargo de este Excmo. Ayuntamiento.

Sexta. La Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras en el plazo de un mes, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en estas bases, el currículum vitae que presente, dictará Resolución designando, con libertad de criterio, al aspirante que haya de desempeñar el puesto de trabajo.

De la expresada Resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para las Administraciones Públicas, para su anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Séptima. El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles o de un mes, de conformidad con el art. 23 del R.D.

1732/1994, de 29 de julio, para la Provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

Octava. En defecto del contenido de las presentes bases, se estará a lo dispuesto en las normas reguladoras del

procedimiento de libre designación, que se relacionan en la Base primera, sin perjuicio alguno del ordenamiento jurídico vigente.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso

contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 19 de octubre de 2004.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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