Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 09/11/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE HINOJOS

ANUNCIO de rectificación de bases (BOJA núm. 210, de 27.10.2004).

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En cumplimiento del Decreto de la Alcaldía de fecha 25 de octubre de 2004, se procede a publicar la Rectificación de las Bases de la Convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de auxiliar administrativo vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, publicadas en el BOJA núm. 210, de 27 de octubre de 2004, en la forma en la que se hace constar a continuación:

Página 24.427 del BOJA núm. 210, Base 4.ª

Donde dice: "... aquellos méritos no justificados o presentados", debe decir: "... aquellos méritos no justificados o no presentados".

Donde dice: " ...con apercibimiento de que si no lo hiciere se archivará sin más trámite", debe decir: "...con apercibimiento de que si no lo hiciere se le tendrá por desistido y se procederá a su archivo".

Página 24.427, Base 5.ª

Donde dice: "En la misma Resolución determinará... y fecha del comienzo del ejercicio," debe decir: "En la misma Resolución determinará... y fecha del comienzo de la baremación de méritos".

En ese mismo apartado queda suprimido lo siguiente "Dicha resolución se hará pública en el B.O. de la Provincia y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento", sin embargo se añade: "Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia de parte".

Página 24.428, Base 6.ª

Donde dice "El Tribunal no podrá constituirse... o suplentes indistintamente, teniendo competencia...," debe decir: "El Tribunal no podrá constituirse... o suplentes indistintamente, y en todo caso el Presidente y el Secretario, teniendo competencia...".

Donde dice: "...previstas en la legislación vigente," debe decir: "...previstas en la legislación vigente, art. 28 y 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común".

Donde dice: "... R.D. 236/88, de 4 de marzo, debe decir: "R.D.

462/2002, de 24 de mayo".

Página 24.428, Base 8.ª

Se suprime "... y salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal," para añadirlo al final del mismo párrafo debiendo decir "...quedará excluido del proceso selectivo, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas y libremente apreciadas por el Tribunal".

Se añade antes de la letra B.- Sistema de Selección, lo siguiente "Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un tiempo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales."

Donde dice: "Fase de Concurso", debe decir: "Primera. Fase Concurso".

Donde dice: "Servicios efectivos prestados a este Ayuntamiento," debe decir: "Servicios efectivos prestados en la Administración Local".

Donde dice: "...en las Administraciones del Estado... a razón de 0,03 puntos por cada mes", debe decir: ".... en las

Administraciones del Estado... a razón de 0,06 puntos por cada mes".

Donde dice: "...Servicios prestados en empresas privadas.... a razón de 0,01 puntos por cada mes de servicios", debe decir: "Servicios prestados en empresas privadas... a razón de 0,03 puntos por cada mes de servicios".

Se añade en los Méritos académicos BUP, Bachiller, FP 2.º Grado: 2,00 puntos.

Se aplicará en todo caso la puntuación que corresponda a la titulación más alta.

Página 24.428, Base 8.ª

Donde dice: "Fase de oposición", debe decir: "Segunda. Fase de Oposición. De carácter eliminatorio."

Se añade a continuación "a) Ejercicio Teórico.

A continuación del párrafo "...versará sobre las materias comunes y específicas comprendidas en el programa anexo", se añade lo siguiente: "Las respuestas correctas se puntuarán con

0,20 puntos. Las respuestas incorrectas restarán 0,10 puntos y las respuestas en blanco no se contabilizarán.

b) Ejercicio Práctico:

Consistirá en desarrollar por escrito, en el tiempo máximo que determine el tribunal, un supuesto práctico relacionado con el puesto de trabajo y funciones a desempeñar en el que habrá de utilizarse medios informáticos. Versará sobre materias propias de las plazas convocadas como: Tramitación de expedientes, licencias, registro, etc.

La puntuación se obtendrá sumando la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del tribunal."

Página 24.428, Base 9.ª

Donde dice: "El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo" debe decir: "Los ejercicios serán calificados de 0 a 15 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 7 puntos para superarlo".

Donde dice: "Las calificaciones se adoptarán por mayoría de las otorgadas por los distintos miembros del Tribunal" debe decir: "La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios teórico y práctico".

Hinojos, 27 de octubre de 2004.- El Alcalde, Manuel Naranjo Díaz.

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