Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 09/11/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº2 DE ALMERIA (ANTES MIX.Nº2)

EDICTO dimanante del procedimiento ejecutivo núm. 168/1998. (PD. 3646/2004).

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NIG: 0401342C19982000544.

Procedimiento: Ejecutivos 168/1998. Negociado: JR.

De: Caja Rural de Almería, S.C.C.

Procurador: Sr. Vizcaíno Martínez, Angel.

Contra: Don Ignacio Andújar Gázquez, Antonio Manuel López Moya y Francisco López Ibáñez.

Procuradora: Sra. y Domínguez López, María del Mar.

E D I C T O

En el procedimiento Ejecutivos 168/1998 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de Caja Rural de Almería, S.C.C. contra Ignacio Andújar Gázquez, Antonio Manuel López Moya y Francisco López Ibáñez, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Almería, a veintiuno de junio de dos mil cuatro.

La Sra. doña M.ª Isabel Fernández Casado, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos) y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ejecutivo 168/1998 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Caja Rural de Almería, S.C.C. representado por el Procurador don Vizcaíno Martínez, Angel y bajo la dirección de la Letrada doña Gracia Navarro Oña, y de otra como demandados don Ignacio Andújar Gázquez, Antonio Manuel López Moya y Francisco López Ibáñez que figuran declarados en rebeldía, en reclamación de cantidad.

F A L L O

Debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra don Ignacio Andújar Gázquez, Antonio Manuel López Moya y Francisco López Ibáñez hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su importe íntegro pago a Caja Rural Intermediterránea, S.C.C. de la cantidad de 5.174,22 euros de principal y los intereses pactados y costas causadas y que se causen en las cuales expresamente condeno a dichos demandados.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días.

Así por esta mi Sentencia, que por la rebeldía del/de la demandado/a se le notificará en los Estrados del Juzgado, y en el Boletín Oficial de esta Provincia, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./a Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Almería.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Ignacio Andújar Gázquez, Antonio Manuel López Moya y Francisco López Ibáñez (en ignorado paradero), extiendo y firmo la presente en Almería a treinta de septiembre de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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