Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 03/02/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 15 de enero de 2004, de la Dirección General de Planificación Turística, por la que se convoca la concesión de ayudas a asociaciones sin ánimo de lucro para el embellecimiento de zonas, con el fin de favorecer la preservación de elementos tradicionales de Andalucía.

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La Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 17 de febrero de 2003, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el embellecimiento de zonas con el fin de favorecer la preservación de elementos tradicionales de Andalucía, delegó en el titular de la Dirección General de Planificación Turística la competencia para proceder a las sucesivas convocatorias de subvenciones en esta materia.

En virtud de lo anterior y, de conformidad con lo establecido en el Título VIII de la Ley de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía

R E S U E L V O

Primero. Convocar para el ejercicio 2004 la concesión de ayudas según el procedimiento general regulado en la Orden citada y de conformidad con las siguientes determinaciones:

1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Las entidades solicitantes deberán acompañar declaración responsable de no haber sido objeto de Resolución administrativa o judicial firme de reintegro o, en su caso, acreditar el aplazamiento, fraccionamiento o ingreso de la deuda correspondiente.

3. No se podrá proponer el pago de subvenciones a los beneficiarios que no hayan justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas con anterioridad con cargo al mismo programa presupuestario por la Administración Autónoma y sus Organismos Autónomos.

4. Con carácter previo al abono de la subvención, los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales frente a la Comunidad Autónoma de Andalucía y no ser deudor de la misma por cualquier otro ingreso de derecho público, en caso de no estar exonerado por la Consejería de Economía y Hacienda. La acreditación del cumplimiento de estas obligaciones se realizará mediante cesión de la información cuando así se autorice por el interesado conforme a lo dispuesto por la Orden de 12 de septiembre de

2003, de la Consejería de Economía y Hacienda (BOJA número 181 de 19 de septiembre de 2003) conforme al modelo establecido como Anexo I a la citada Orden. Cuando no se haya otorgado esta autorización expresa o se haya revocado la autorización inicialmente prestada, la acreditación se realizará mediante aportación de certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente de la Consejería de Economía y Hacienda a solicitud del interesado.

5. La concesión de las ayudas a que se refiere la presente convocatoria estará limitada a las disponibilidades presupuestarias para el ejercicio 2004.

6. En lo relativo al procedimiento, documentación y valoración de las solicitudes, se estará a lo dispuesto por la citada Orden reguladora, por la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2004 y por la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.

Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de enero de 2004.- La Directora General, Eloísa Díaz Muñoz.

ANEXO

AUTORIZACION PARA LA CESION DE INFORMACION RELATIVA A

OBLIGACIONES CON LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ANDALUCIA EN

PROCEDIMIENTOS DE SUBVENCIONES Y AYUDAS PUBLICAS

Don/doña con

DNI en nombre propio/en

representación decon CIF

(cumplimentar lo que proceda).

AUTORIZA

a la Consejería de/Organismo

Autónomo(cumplimentar lo que procede) de la Junta de Andalucía a solicitar la cesión de información, por medios informáticos o telemáticos, sobre la circunstancia de estar o no al corriente de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como sobre la circunstancia de ser o no deudor de la misma por cualquier otro ingreso de Derecho Público a efectos del cobro de la subvención o ayuda pública

(indicar finalidad y fecha y órgano de la resolución de concesión o ejecución), de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás disposiciones de aplicación.

En .............., a ..... de ................ de 20.....

Fdo.: ........................................

(Sello de la empresa, en su caso)

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