Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 16/11/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 9 de noviembre de 2004, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba el plan de ordenación de recursos humanos del organismo.

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El 17 de diciembre de 2003 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 55/2003, por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. La referida Ley viene a unificar la normativa a aplicar a todo el personal estatutario, con independencia de su anterior clasificación entre personal facultativo, sanitario no facultativo o no sanitario.

El Estatuto Marco contempla como Instrumento clave en materia de personal, dentro de cada Servicio de Salud, el Plan de Ordenación de Recursos Humanos. En este sentido, el artículo

13 de la citada norma legal lo define como el instrumento básico de planificación global de los mismos dentro de los Servicios de Salud, en el que se han de especificar los objetivos a conseguir en materia de personal, los efectivos y la estructura de recursos humanos que se consideren adecuados para cumplir tales objetivos, pudiendo a su vez establecer las medidas necesarias para conseguir dicha estructura, especialmente en materia de cuantificación de recursos, programación del acceso, movilidad geográfica y funcional, promoción y reclasificación profesional.

Por su parte, el artículo 12.1 establece que la planificación de los recursos humanos estará orientada a su adecuado dimensionamiento, distribución, estabilidad, desarrollo, formación y capacitación, en orden a mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de los servicios.

Desde la entrada en vigor de la referida Ley se han realizado los estudios y han sido consultadas las Direcciones de los centros sanitarios, tanto en el ámbito de la Atención Especializada como de la Atención Primaria y Centros de Transfusión Sanguínea y se ha sometido a consideración en el ámbito de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, tal y como dispone el apartado 2 del art. del Estatuto Marco, habiendo contado con el respaldo de las centrales sindicales CC.OO. y UGT y con el posicionamiento en contra de CEMSATSE y CSIF.

El Plan que ahora se aprueba se configura como una herramienta de gestión que ha de permitir orientar las decisiones que van a afectar a los profesionales a lo largo de su vida laboral al servicio de este Organismo, en cuestiones tan importantes como son las referidas a los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo, movilidad geográfica, promoción o reclasificación profesional, así como en materia de jubilación, tanto voluntaria como forzosa.

Desde la convicción de que se ha elaborado un documento que va a aportar la previsión necesaria para avanzar de manera eficiente en la Ordenación de los Recursos Humanos de este Organismo y a la vista de las competencias atribuidas a esta Dirección Gerencia por el artículo 14 del Decreto 241/2004, de

18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud

RESUELVO

Primero. Aprobar el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Andaluz de Salud.

Segundo. Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOJA y del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Andaluz de Salud en todos los Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud a los efectos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre.

Tercero. El Plan de Ordenación tendrá eficacia a partir de su publicación.

Cuarto. Contra la presente Resolución que agota la vía

administrativa, podrá interponerse, en su caso, recurso potestativo de Reposición, en el plazo de un mes de acuerdo con los artículos 117 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de noviembre de 2004.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.

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