Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 19/11/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 21 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 137/2004. (PD. 3835/2004).

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N.I.G.: 4109100C20040003022.

Procedimiento: J. Verbal (N) 137/2004. Negociado: 5.º

Sobre: Resolución de contrato y reclamación de rentas.

De: Doña Margarita Téllez Vicente.

Procurador: Sra. Quiroga Ruiz, Rafael.

Contra: Don Francisco Mejías Pérez.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 137/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla a instancia de doña Margarita Téllez Vicente, contra don Francisco Mejías Pérez sobre Resolución de contrato y reclamación de rentas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"SENTENCIA NUM.

En Sevilla, a treinta de marzo de dos mil cuatro.

El Sr. don Francisco Escobar Gallego, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla, habiendo visto y examinado los autos de Juicio Verbal de desahucio seguidos en este Juzgado al número 137/2004-5.º, a instancia de doña Margarita Téllez Vicente, representada por el Procurador de los Tribunales don Rafael Quiroga Ruiz, contra don Francisco Mejías Pérez, en situación legal de rebeldía, sobre resolución de contrato y reclamación de rentas.

F A L L O

Se estima la demanda presentada por la representación de doña Margarita Téllez Vicente, y se declara resuelto el contrato de arrendamiento que ésta tiene con el demandado don Francisco Mejías Pérez, en situación legal de rebeldía, de la finca rústica núm. 4 de la urbanización Las Tinajas, sita en carretera Mairena del Aljarafe-Almensilla, km 8.200, término municipal de Mairena del Aljarafe (Sevilla), acordándose el desahucio, y caso de que no abandone la finca de forma voluntaria en el plazo legal, se procederá a su lanzamiento. Se condena al demandado a que abone a la actora la cantidad de

1.265,10 euros, más los intereses legales, y al pago de las costas causadas en esta instancia.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación el cual se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (art. 455 y

457.2 LEC), debiendo manifestar y acreditar el arrendatario, al tiempo de preparar el recurso, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas (art. 449.1 LEC).

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Francisco Mejías Pérez, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a dos de noviembre de dos mil cuatro.- La Secretaria.

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