Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 23/11/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

RESOLUCION de 3 de noviembre de 2004, por la que se acuerda el cumplimiento de la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Huelva en el recurso contencioso-administrativo Procedimiento Abreviado núm. 221/04.

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En el recurso contencioso-administrativo número 221/2004, interpuesto por Galerías Bayo, S.L. contra resolución de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, de fecha 15.4.2004, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha

18.9.2003, de la Delegación Provincial en Huelva de la citada Consejería que denegó a la recurrente la solicitud de ayuda formulada al amparo de lo previsto en la Orden de 24.6.2002, se ha dictado Sentencia por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo núm. Uno de Huelva, con fecha 7 de octubre de

2004, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Fallo: Que debo: 1.º Estimar y estimo la demanda de recurso contencioso-administrativo formulada por el Letrado don Manuel M. Nogueiro Flores, en nombre y representación de la entidad mercantil Galerías Bayo, S.L., contra la demanda rectora del presente procedimiento se contrae a la petición de que se declare contraria a derecho la resolución de fecha 15.4.2004 del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha 18.9.2003 del Delegado Provincial en Huelva de la Consejería referida que denegó a la recurrente la solicitud de ayuda formulada al amparo de lo previsto en la Orden de 24.6.2002 por no implicar la contratación de doña Josefa Rodríguez Maestre el 27.6.2003, incremento de plantilla respecto del mes anterior; y 2.º declarar y declaro las mismas contrarias a derecho, dejándola sin efecto, y condenando a la parte demandada al pago de la subvención solicitada; no haciendo pronunciamiento alguno en materia de costas procesales."

Según lo establecido en el artículo 118 de la Constitución y

17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 3 de noviembre de 2004.- El Consejero, P.D. (Orden de

14.7.2004), El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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