Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 4/2/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 9 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1218/2002. (PD. 260/2004).

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N.I.G.: 4109100C20020039008.

Procedimiento: Proced.Ordinario (N) 1218/2002. Negociado: 1B. Sobre: Reclamación de cantidad para cubrir deuda hipotecaria. De: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. Procurador: Sr. Juan López Delemus5.

Contra: Construcciones Javi, S.A.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1218/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Número 9 de Sevilla a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra Construcciones Javi, S.A., sobre Reclamación de cantidad para cubrir deuda hipotecaria, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

Juez que la dicta: Don Manuel J. Hermosilla Sierra.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Veintiséis de noviembre de dos mil tres.

Parte demandante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Procurador: Juan López Delemus.

Parte demandada: Construcciones Javi, S.A.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad para cubrir deuda hipotecaria.

F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. López de Lemus en nombre y representación de la entidad BBVA, S.A., contra la Entidad Construcciones Javi, S.A., condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 138.109,60 euros, más los intereses legales devengados por dicha suma desde la fecha del emplazamiento, todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Construcciones Javi, S.A., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintitrés de enero de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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