Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 03/12/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº6 DE ALMERIA (ANTIGUO MIXT.Nº10)

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 757/2002. (PD. 3996/2004).

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NIG: 0401342C20020004671.

Procedimiento: Proced. ordinario (N) 757/2002. Negociado: CM.

De: Señalizaciones Villar, S.A.

Procurador/a: Sra. Soler Pareja, Carmen.

Letrado: Sr. Benito Cobo Ruiz de Adana.

Contra: Señales Viales del Sur, S.L. y Felipe Javier Segura Yepes.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento ordinario (N) 757/2002 seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Seis de Almería (antiguo Mixto núm. Diez) a instancia de Señalizaciones Villar, S.A. contra Señales Viales del Sur, S.L. y Felipe Javier Segura Yepes sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En nombre de S.M. El Rey, pronuncia doña María del Pilar Luengo Puerta, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de esta ciudad y su partido, en los autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado con el núm./02, instados por Señalizaciones Villar, S.A., representado por la Procuradora Sra. Soler Pareja y dirigida por el Letrado Sr. Cobo Ruiz de Adana, frente a don Felipe Javier Segura Yepes y la entidad Señales Viales del Sur, S.L., incomparecidos en autos y declarados en situación de rebeldía procesal, en los que ha recaído la presente resolución con los siguientes:

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Soler Pareja en nombre y representación de la entidad Señalizaciones Villar, S.A., frente a la mercantil Señales Viales del Sur, S.L. y don Felipe Javier Segura Yepes, en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la referida demandada a que abone a la actora la suma de ocho mil ochocientos dieciséis euros con sesenta y un céntimos (8.816,61 E), y los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda hasta el completo pago, con expresa imposición de costas a la meritada demandada, absolviendo al otro demandado de las pretensiones deducidas en su contra, con imposición de las costas causadas a su instancia a la parte actora.

Al notificar esta sentencia a las partes hágaseles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado mediante escrito en el plazo de cinco días desde el siguiente a la notificación de la presente conforme a lo dispuesto en el artículo 457 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Señales Viales del Sur, S.L. y Felipe Javier Segura Yepes, extiendo y firmo, la presente en Almería a diecinueve de octubre de dos mil cuatro.- El Secretario.

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