Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 13/12/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 16 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Economía Social y Emprendedores, por la que se ordena la publicidad del depósito de la escritura pública de modificación estatutaria de la entidad Asociación Provincial de Cooperativas Agrarias de Sevilla, y su inscripción en el Libro de Federaciones y Asociaciones de Cooperativas.

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Visto el expediente de inscripción de modificación estatutaria, de la entidad Asociación Provincial de Cooperativas Agrarias de Sevilla.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º Que en escrito de fecha 9 de noviembre de 2004, registrado de entrada en este Centro Directivo el día 9 de noviembre de

2004, don Alfredo Martín Vidal, en calidad de persona facultada de la expresada entidad, solicitó la inscripción de modificación estatutaria.

2.º Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se comunicó al interesado la iniciación del procedimiento, con indicación de los plazos del mismo, así como de los efectos del silencio.

3.º Que con la/s expresada/s solicitud/es se acompañaba la siguiente documentación:

- Certificación del correspondiente acuerdo social (2 copias).

4.º Que la mencionada documentación ha sido examinda en el Servicio de Régimen Jurídico de Cooperativas y Sociedad Laborales de esta Dirección General, habiéndose formulado la correspondiente propuesta de Resolución que figura en el expediente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para conocer y resolver la presente solicitud corresponde a la Dirección General de Economía Social y Emprendedores, en virtud de lo dispuesto en Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, por el que se otorgan las competencias de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, junto con lo establecido en el Decreto 201/2004, de 11 de mayo, de estructura orgánica de dicha Consejería, por la que se asignan a la Dirección General de Economía Social y Emprendedores las competencias relativas al orden cooperativo y otras empresas de economía social.

Segundo. Que examinado el contenido de dicho expediente éste contiene todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, y por la Ley 3/2002, de 16 de diciembre, que vino a modificar parcialmente la norma anterior, estando el mismo conforme a las expresadas Leyes, y al Decreto 267/2001, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas en materia registral y autorizaciones administrativas, modificado parcialmente por el Decreto 318/2003, de 18 de noviembre.

Tercero. Que en la tramitación del presente expediente de modificación estatutaria se han observado todos los preceptos de obligado cumplimiento.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, la Dirección General de Economía Social y Emprendedores

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la publicidad del depósito de la escritura pública de Modificación Estatutaria, por el que resulta afectado el artículo 1.2 del texto estatutario, de la entidad Asociación Provincial de Cooperativas Agrarias de Sevilla, y su inscripción en el Libro de Federaciones y Asociaciones Cooperativas, de esta Unidad Central del Registro de Cooperativas Andaluzas.

Segundo. Practicar la correspondiente anotación y devolver a la entidad un ejemplar de la documentación, diligenciada con la nota de la mencionada inscripción registral.

Tercero. Notificar la presente Resolución a los interesados en la forma y plazos previstos en los artículos 58 y 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con advertencia expresa de que contra la Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 y siguientes de la misma Ley.

Sevilla, 16 de noviembre de 2004.- El Director General, Fernando Toscano Sánchez.

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