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En virtud de Orden de 28 de enero de 2004,(BOJA núm. 34, de 19 de febrero) se efectuó convocatoria para la concesión de subvenciones a las entidades locales de Andalucía para la adquisición de material médico deportivo correspondiente al ejercicio 2004, remitiéndose la misma, en cuanto al procedimiento, documentación, criterios de concesión, cuantía y abono de las subvenciones y demás previsiones, a lo establecido en la Orden de 16 de junio de 2003 (BOJA núm. 133, de 14 de julio) por la que se convocaban estas subvenciones para el ejercicio 2003.
Mediante Resolución de 2 de agosto de 2004 (BOJA núm. 161, de
18 de agosto) del Centro Andaluz de Medicina del Deporte, se aprueban las listas definitivas de entidades locales admitidas y excluidas, y las causas de exclusión, constituyéndose a continuación, de acuerdo con el procedimiento establecido, la Comisión de Evaluación para la valoración de las solicitudes admitidas, y para la elaboración de una relación ordenada de las entidades locales candidatas en función de la puntuación obtenida fruto de la aplicación de los criterios objetivos establecidos en el artículo 9.2 de la citada Orden de 16 de junio de 2003.
En atención a los antecedentes expuestos, a la vista del acta de la Comisión de Evaluación, y en ejercicio de la competencia delegada que se atribuye a este órgano en la disposición sexta de la Orden de 23 de enero de 2004 por la que se realiza la convocatoria.
R E S U E L V O
Primero. Conceder a las entidades locales que se mencionan en el Anexo I de esta Resolución subvenciones para la adquisición de material médico deportivo correspondientes al ejercicio
2004.
Segundo. Financiación. Las cantidades correspondientes a cada subvención se imputarán a la aplicación presupuestaria
0.1.09.00.04.00.7220.760.00.46B.8 "En materia médico deportiva" del Presupuesto de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, hasta agotar las disponibilidades presupuestarias.
Tercero. Plazo de ejecución. Las actuaciones subvencionadas deberán ser realizadas en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución.
Cuarto. Pago. Las subvenciones se harán efectivas mediante un único pago por la totalidad de la cuantía concedida.
Quinto. Justificación. La justificación deberá realizarse en el plazo de seis meses contados a partir de la fecha de materialización del pago, en la forma establecida en el artículo 13 de la citada Orden de 16 de junio de 2003.
Sexto. Liquidación. El importe definitivo de la subvención se liquidará aplicando al coste de la actividad o inversión efectivamente realizada por el beneficiario, según justificación, el porcentaje de financiación calculado sobre el presupuesto aceptado y que se recoge en el Anexo de esta Resolución.
Séptimo. La presente Resolución es contraria a la estimación del resto de solicitudes.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso potestativo de reposición, ante este Centro Andaluz de Medicina del Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar dicha publicación. Sevilla, 2 de noviembre de 2004.- La Directora, M.ª del Carmen Adamuz Ruiz.
ANEXO I
Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.
Cuantía de la subvención: 6.050 euros.
Presupuesto aceptado: 6.050 euros.
Porcentaje de financiación: 100%.
Ayuntamiento de Torremolinos.
Cuantía de la subvención: 6.050 euros.
Presupuesto aceptado: 35.172 euros
Porcentaje de financiación: 17,20%.
Ayuntamiento de Nerja.
Cuantía de la subvención: 6.050 euros.
Presupuesto aceptado: 10.634,73
Porcentaje de financiación: 56,89%.
Ayuntamiento de Palma del Río.
Cuantía de la subvención: 6.050 euros.
Presupuesto aceptado: 6.735,43
Porcentaje de financiación: 89,82% .
Ayuntamiento de Lepe.
Cuantía de la subvención: 6.050 euros.
Presupuesto aceptado: 13.053 euros.
Porcentaje de financiación: 46,35%
Ayuntamiento de Loja.
Cuantía de la subvención: 6.050 euros.
Presupuesto aceptado: 6.230 euros
Porcentaje de financiación: 97,11%.
Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache.
Cuantía de la subvención: 1.295 euros.
Presupuesto aceptado: 2.987,44 euros.
Porcentaje de financiación: 43,35%.
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