Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 250 de 24/12/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 10 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede autorización administrativa a Gamesa Energía, SA, para instalar una planta eólica de generación de energía eléctrica en los términos municipales de Orce, Cúllar y Galera (Granada). (PP. 3965/2004).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 28 de diciembre de 2001, la empresa "Gamesa Energía, S.A." con domicilio social en Vitoria, C/ Portal de Gamarra, núm., solicitó en la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Granada, autorización administrativa para realizar una instalación eólica de generación de energía eléctrica, en los términos municipales de Orce, Cúllar y Galera (Granada), denominada Parque Eólico "Periate".

Segundo. De acuerdo con el artículo 125 del R.D. 1955/2000, de

1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. 36, de 26 de marzo de

2002, y en el BOP de Granada núm. 66, de 22 de marzo de 2002, produciéndose alegaciones al mismo en el plazo determinado por la mercantil "El Marquesado Eólico, S.L".

Tercero. Con fecha 20 de mayo de 2003, Gamesa Energía, S.A., presentó reformado el anteproyecto inicial modificando el número de aerogeneradores y sus potencias unitarias.

Cuarto. La Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Granada sometió de nuevo a información pública el anteproyecto reformado insertándose anuncios del mismo en el BOJA núm. 77, de 21 de abril de 2004 y en el BOP de Granada núm. 69, de 13 de abril de 2004.

Quinto. Con fecha 24 de febrero de 2004 la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Granada emitió Declaración de Impacto Ambiental por el que estima viable la instalación modificada, con los condicionados que en la misma se recogen, la citada Declaración implica la pérdida de uno de los 18 aerogeneradores previstos inicialmente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, es competente para conceder la citada autorización según lo dispuesto en el Título I, artículo.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, así como el R.D. 1955/2000, citado anteriormente.

Vista la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Granada, así como el informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Granada.

Considerando que las alegaciones presentadas por "El Marquesado Eólico, S.L." no constituyen elementos invalidantes en esta fase de autorización administrativa.

Considerando que no consta oposición al proyecto por organismo afectado alguno, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía R E S U E L V E

Conceder autorización administrativa a Gamesa Energía, S.A., para realizar la instalación referida, cuyas características principales serán:

- Aerogeneradores Gamesa de 2.000 kW, con generador asíncrono a 50 Hz, trabajando a 690 V, rotor de 3 palas de 80/90 m de diámetro y con superficie de rotación de 5.072/6.363 m, emplazado en torres metálicas tubulares troncocónicas de 67/78 m de altura.

- Centros de transformación de 2.100 kVA, 0,69/20 kV, tipo interior.

- Red eléctrica subterránea de alta tensión a 20 kV.

- Subestación de transformación.

- Potencia: 34.000 kW.

Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al

cumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental

anteriormente citada, así como a la obtención del punto de conexión necesario para evacuar la energía de acuerdo con el Real Decreto 1955/2000 y la Orden de 30 de septiembre de 2002, por la que se regula el procedimiento para priorizar el acceso y conexión a la red eléctrica para evacuación de energía de las instalaciones de generación contempladas en el Real Decreto 2818/1998, sin perjuicio de las que correspondan conceder a otros Organismos para instalaciones anejas a la planta que quedan fuera de la competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Las obras de realización de la citada instalación no podrán iniciarse mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en la Sección 2.ª del Capítulo II del citado R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitar la indicada aprobación en un plazo máximo de 2 años. Caso de no ser factible, lo anteriormente expuesto, se

procederá por el peticionario de la autorización a

cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el artículo 49 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de

modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía

administrativa podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 10 de noviembre de 2004.- El Director General, Jesús Nieto González.

Descargar PDF