Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 253 de 29/12/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE CONCEPCION

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

BASES QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO A UNA PLAZA DE JEFE DE SERVICIOS

GENERALES Y PERSONAL

1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de funcionario de carrera de Jefe de Servicios Generales y Personal (código de plaza 121002), Escala Administración Especial, Subescala Técnica, encuadradas en el grupo A.

Procedimiento de selección: Concurso-oposicion.

2. Legislación aplicable.

A las presentes bases les serán de aplicación lo dispuesto en las siguientes normas:

- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local.

- Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril.

- Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.

- Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto

2568/1986, de 28 de noviembre.

- Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Andalucía.

- Ley 30/84 sobre Reforma de la Función Publica.

- Real Decreto 896/91 sobre Reglas Básicas y Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección.

- Real Decreto 364/95 de 10 de marzo que aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado.

3. Requisitos de los aspirantes.

Es necesario que los aspirantes a la provisión de las plazas convocadas, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad, y no exceder de aquélla en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título exigible de Licenciado en Derecho, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

Si durante el proceso selectivo se tiene conocimiento de que cualquiera de los aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el órgano convocante o el Tribunal, en su caso, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o faltas cometidas.

4. Solicitudes.

En el plazo de (20) veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletin Oficial del Estado, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas, cursarán su solicitud mediante instancia que se dirigirá al Sr. Alcalde Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo indicado. Si el último día del plazo fuera inhábil o cayera en sábado, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Los derechos de examen son 30 euros que deberá hacerse

efectivo mediante ingreso o transferencia bancaria en Unicaja, número de cuenta 2103 0611 20 0030009170. Será requisito necesario para ser admitido a esta convocatoria que los aspirantes manifiesten en dicha solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos por la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

A las solicitudes, se acompañará copia del justificante del ingreso del pago de las tasas de examen referidas o de estar exento de ello, así como currículo vitae y la documentación original o debidamente compulsada acreditativa de los méritos que se aleguen para su valoración en la fase de concurso.

5. Subsanación de errores.

Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite.

6. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias y subsanación de errores, el Sr. Alcalde dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que habrá de publicarse en el tablón de edictos del Ayuntamiento, se señalará el motivo de la exclusión, en su caso, y se dará un plazo de dos días para que los interesados puedan presentar reclamaciones.

Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución del Sr. Alcalde por la que se apruebe la lista definitiva, que se hará pública mediante anuncio a publicar en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el que se señalará la fecha de comienzo de los ejercicios, el lugar de los mismos y el nombre de todos y cada uno de los miembros que compongan el Tribunal.

7. Tribunal calificador.

El Tribunal calificador estará integrado por:

Presidente: El de la Corporación o Teniente de Alcalde en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

- El Concejal que sea designado por la Alcaldia.

- Cuatro funcionarios designados por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, dos directamente por ésta, uno a propuesta de la Junta de Personal de entre sus miembros, otro designado por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Los miembros del Tribunal deberán tener igual o superior titulación que la exigida a los aspirantes. Junto a los miembros titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

El Tribunal podrá acordar la incorporación de asesores

especialistas para todas o algunas de las pruebas. Estos asesores se limitarán a valorar los ejercicios correspondientes a su especialidad técnica y colaborarán con el Tribunal exclusivamente en relación a su especialidad en la preparación, en su caso, de aquellos ejercicios para los que se les

requiera.

Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, a excepción del Secretario que sólo tendrá voz.

Las dudas que puedan suscitarse en la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria serán resueltas por el Tribunal.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8. Procedimiento de selección.

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

1. Concurso.

2. Oposición.

NORMAS COMUNES

A. La selección constará de dos fases: Una de Concurso y otra de Oposición. La fase de Concurso será previa a la de

Oposición.

B. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición a efectos de determinar los aspirantes seleccionados de conformidad con la mayor puntuación obtenida en ambas fases. La puntuación obtenida en la fase de concurso en ningún caso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

8.1. Fase del concurso: En la Resolución en que se apruebe la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la

valoración de los méritos alegados por los aspirantes de conformidad con el siguiente baremo:

BAREMOS DE MERITOS

1. Titulaciones académicas y formación:

- Titulo de doctor: 1 punto.

- Por otras licenciaturas o equivalente relacionadas con materia jurídica (económicas, empresariales): 2 puntos.

- Haber cursado la Diplomatura en campos relacionados con materia juridica (Relaciones Laborales, Trabajo Social, Empresariales, Administración Pública: 1 punto.

- Por cursos realizados en Centros docentes reconocidos oficialmente, Administraciones Públicas y Organizaciones Sindicales dentro del programa de formación continua, con manifiesto interés para el desarrollo técnico de la labor dentro de Administración para el puesto para el que se

concursa, según su duracion serán valorados en 0,1 puntos por cada 30 horas de duración del curso.

- Ejercer de profesor en los cursos anteriores se valorará,cada hora impartida con: 0,05 puntos.

- Por dirigir u organizar cursos, seminarios o jornadas, se valorará atendiendo al anterior baremo.

2. Experiencia:

- Por cada año o fracción superior a seis meses, prestados para la Administración Local en el mismo puesto al que se aspira:

0,60 puntos.

- Por cada año o fracción superior a seis meses, en el

ejercicio profesional (abogado, graduado social) o para empresas privadas como Jefe de personal o responsable de Recursos Humanos, o cargo similar como Asesor Laboral, recursos Humanos o similar: 0,30 puntos.

El límite de puntuación para los Meritos titulaciones

académicas, formación, cursos y experiencia será de 8 puntos.

3. Entrevista personal:

El Tribunal entrevistará a los aspirantes, dialogando con ellos, sobre las tareas propias del puesto de trabajo a cubrir, valorando el currículum presentado por los interesados, calificando esta entrevista de 0 a 2 puntos.

Terminada la valoración de méritos de los aspirantes y antes de dar comienzo a los ejercicios de la fase de oposición, se hará pública aquélla en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso, podrá ser superior a 10 puntos.

8.2. Fase de oposición:

- Ejercicio teórico: Consistirá en la contestación a 25 preguntas tipo test, ofreciendo en cada cuestión cuatro respuestas probables de las cuales una será cierta, de entre los temas que figuran en el Anexo, cada pregunta acertada correctamente será valorada en 0,4 puntos, el tiempo máximo para la realización de esta prueba será de una hora.

- Ejercicio práctico: Consistirá en resolver un caso práctico, en el tiempo máximo de 1 hora, cuyo contenido estará

relacionado con el temario de la oposición.

Se calificará cada ejercicio de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos como mínimo, en cada uno de ellos. La calificación final será la suma de los dos

ejercicios, dividida por 2.

9. Calificación provisional y propuesta de nombramiento. Una vez terminada la valoración de méritos, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la Corporación.

10. Presentación de documentos.

El aspirante que hubiera obtenido la puntuación más alta en el proceso selectivo, presentará en la Secretaría del

Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días naturales a partir del de la publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Copia compulsada de la titulación académica exigida.

c) Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración

Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que el Decreto 196/1992, de 24 de noviembre prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.

Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación, que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Si dentro del plazo indicado el aspirante designado no

presentara la documentación o no reuniera los requisitos obtenidos, no podrá ser nombrado y quedarán anulada todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial, designándose a tal fin el siguiente en la lista con más puntuación.

11. Propuesta final, nombramiento y toma de posesión.

Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de aspirantes aprobados superior al número de plazas convocadas, el aprobado será nombrado funcionarios de carrera, debiendo tomar posesión en el plazo de treinta días, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

12. Recursos.

Las Bases de la Convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A N E X O

TEMARIO DE LA OPOSICION

1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización del Estado Español.

2. Constitución. Concepto y clases. El poder constituyente. Breve historia del constitucionalismo español.

3. Los derechos y deberes de la persona en la Constitución de

1978. Garantía y suspensión de los mismos.

4. La Corona. Las Cortes Generales. Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.

5. Formas de Gobierno. El Gobierno y la Administración. Relaciones Gobierno/Cortes Generales. Funciones del Gobierno.

6. El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del sistema judicial español.

7. Organización territorial de Estado. Las Comunidades

Autónomas.

8. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. La reforma de la Constitución Española.

9. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Estructura y

disposiciones generales.

10. Instituciones: Parlamento, Presidente y Tribunal Superior de Justicia. Competencias.

11. La Reforma del Estatuto de Relaciones de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otras

Comunidades Autónomas.

12. El Derecho Administrativo. Concepto y contenido.

13. Fuentes y jerarquía de las normas.

14. La Ley Estatal. Leyes Orgánicas y Ordinarias. Las

Disposiciones normativas con fuerza de Ley.

15. Los Reglamentos: Concepto, naturaleza y clasificacion.

16. Los Organos Administrativos: Concepto, naturalza y clases. Especial referencia a los Organos Colegiados.

17. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma. Motivación de los actos administrativos.

18. Eficacia del acto administrativo. La notificación y publicación. Ejecución del acto administrativo.

19. La nulidad de pleno Derecho y la anulabilidad. La revisión de oficio.

20. El procedimiento administrativo común.

21. Los recursos administrativos. Principios generales. Clases.

22. Responsabilidad de la Administración. Fundamento y clases de la responsabilidad objetiva. Peculiaridades del régimen jurídico local.

23. La Potestad Sancionadora de la Administración.

24. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entidades locales.

26. El Municipio. Concepto y elementos. Competencias

municipales.

27. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La comisión de gobierno. Otros órganos municipales.

28. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público.

29. El servicio público en la esfera local. Modos de gestión de los servicios públicos.

30. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación. Ordenanzas Municipales del

Ayuntamiento.

31. La Licencia Municipal. Tipos. Actividades sometidas a Licencia. Tramitación.

32. Los presupuestos municipales. Concepto y clases. Ingresos municipales. Las ordenanzas fiscales. Documentos contables.

33. Las Haciendas Locales. Los Impuestos Locales.

34. Los Servicios de Recaudación e Inspección de las Haciendas Locales.

35. La función policial como servicio público.

36. Concepto y contenido del Derecho Penal. Principios que lo informan. Principio de legalidad. Principio de irretroactividad y sus excepciones.

37. La responsabilidad penal de los menores de edad.

38. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

39. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de ejecución del delito.

40. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.

41. Delitos contra la Administración Pública.

42. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.

43. Homicidio y sus formas.

44. Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.

45. Delitos contra la salud pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y a la protección del Patrimonio Histórico y del Medio Ambiente.

46. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.

47. Faltas contra las personas y contra el patrimonio.

48. La jurisdicción y competencias de los Juzgados y Tribunales Penales. Normas de funcionamiento.

49. Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Especial referencia a la Policía Local.

50. La Ley de Coordinación de la Policía Local en Andalucía.

51. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo.

Estructuras y conceptos generales.

52. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.

53. El Derecho del Trabajo: Naturaleza y caracteres. Principios fundamentales que lo inspiran. Fuentes del Derecho del Trabajo.

54. El Estatuto de los Trabajadores: Estructura, idea general de su contenido. Los convenios colectivos: Concepto, eficacia y tipología. Las ordenanzas de trabajo: Vigencia.

55. El contrato de trabajo: Concepto y naturaleza. Las partes: Capacidad para contratar.

56. Modalidades del contrato de trabajo. Condiciones de trabajo: Jornada, horario, descansos y vacaciones anuales.

57. El salario. Garantías del salario. El Fondo de Garantía Salarial. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.

58. Participación y régimen de representación del personal en la empresa. Los conflictos colectivos: Concepto y clases.

59. La huelga. El cierre patronal. Otros actos de presión colectiva.

60. La Jurisdicción Social: Organos. El proceso ordinario. Procesos especiales: Especial referencia al proceso en materia de despido.

61. La Seguridad Social. Caracteres generales del sistema español. Campo de aplicación. Estructura: Regímenes especiales. Acción protectora.

62. La gestión de la Seguridad Social: Entidades gestoras, servicios comunes y entidades colaboradoras.

63. Régimen General de la Seguridad Social. Ambito. Inscripción de empresas. Afiliación de trabajadores: Altas, bajas, formas de practicarse y plazos. Cotización: Bases y tipos.

Recaudación: Aplazamiento y fraccionamiento del pago de cuotas, recaudación en período voluntario y en vía ejecutiva.

64. Régimen General de la Seguridad Social. Contingencias protegibles. Régimen general de las prestaciones.

65. Incapacidad temporal: Concepto, prestación económica, beneficiarios, nacimiento, duración, extinción y pérdida o suspensión del derecho al subsidio. Maternidad: Situaciones protegidas, beneficiarios, prestación económica, pérdida o suspensión del derecho al subsidio. Riesgo durante el embarazo: situación protegida, prestaciones económicas.

66. Invalidez: Concepto, clases y prestaciones. Jubilación. Desempleo. Muerte y supervivencia. Prestaciones familiares por hijo a cargo.

67. La Función Pública. Concepto. Naturaleza y contenido de la relación jurídica entre la Administración y los empleados públicos. Normas constitucionales.

68. El personal al servicio de la Administración Pública: Sus clases. Planificación de los Recursos Humanos. Relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria. Los planes de empleo. La oferta de empleo público.

69. Selección de personal funcionario: Sistemas de ingreso. Formación y perfeccionamiento. Provisión de puestos adscritos a personal funcionario: Procedimiento de concurso y libre designación, otras formas de provisión. Carrera y promoción profesional. Situaciones administrativas.

70. Derechos de los funcionarios. Sindicación y huelga. Representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación.

71. Derechos de contenido económico: Retribuciones,

indemnizaciones y reconocimiento de servicios previos.

72. Regímenes de previsión social. Deberes de los funcionarios. Incompatibilidades. Responsabilidad de los funcionarios.

73. Régimen disciplinario. Infracciones, sanciones y

procedimiento disciplinario sancionador.

74. El personal laboral. Peculiaridades del Derecho Laboral en su aplicación a la Administración Pública. El Convenio

Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Administración Pública.

75. El Derecho Civil. La Codificación. Derechos civiles y forales.

76. El registro civil. La capacidad. La nacionalidad.

77. Las obligaciones, fuentes y clases. El cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones.

78. Los contratos, sus clases.

79. Los Derechos Reales. La Propiedad. Los Derechos Reales de Garantia.

80. El Registro de la Propiedad y los Principios Hipotecarios.

81. El procedimiento civil. Clases.

82. La Jurisdicción Civil, cuestiones de competencia.

83. Las actuaciones judiciales en el orden civil. Lugar, tiempo actos de comunicación. Especial referencia a la intervención procesal de la Administración.

84. Las pruebas en el proceso civil. Especial referencia a la intervención de la Administración en la práctica de pruebas en el orden civil.

85. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo: Ambito, organos, competencia, las partes, legitimación y

representación.

86. El objeto del recurso contencioso-administrativo: Actividad administrativa impugnable, las pretensiones de las partes y cuantia del recurso.

87. El Procedimiento Contencioso-Administrativo Ordinario.

88. El Procedimiento Contencioso-Administrativo Abreviado.

89. Los Procedimiento Especiales.

90. Los recursos contra las sentencias, autos y providencias en el Procedimiento Contencioso-Administrativo.

La Línea de la Concepción, 9 de noviembre de 2004.- El Alcalde, Juan Carlos Juarz Arriola.

Descargar PDF