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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986 y
26 de noviembre de 1996.
DISPONGO
Autorizar las Tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa 1
Bajada de bandera 1,04 euros
Kilómetro recorrido 0,53 euros
Hora de parada 14,18 euros
Carrera mínima 2,63 euros
Tarifa 2
Bajada de bandera 1,29 euros
Kilómetro recorrido 0,67 euros
Hora de parada 17,72 euros
Carrera mínima 3,28 euros
La tarifa 2 se aplicará entre las 22 horas y las 6 horas, y todos los festivos y domingos entre las 0 horas y las 24 horas.
Suplementos:
- Maleta o bulto superior a 60 cm: 0,39 euros.
- Recogida en estación de FF.CC. y muelles: 0,61 euros.
- Entrada en dique, Astilleros, espigones de La Caleta y San Felipe y Puerto Zona Franca: 0,79 euros.
Servicios especiales: 20% de incremento en la aplicable durante los Carnavales (viernes de 22,00 a 7,00, sábado de 15,00 a
24,00, domingo y lunes las 24 horas), Semana Santa (jueves y viernes santo las 24 horas) y Navidad (25 de diciembre y 1 de enero de 0,00 a 6,00 horas).
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en los artículos 10 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 5 de febrero de 2004
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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