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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Almería-Motril, en su sesión del día 22 de diciembre de 2003, acordó aprobar una subida del 2% sobre las Tarifas de Amarre y Desamarre de Buques para el año 2004, recogidas en el Pliego de Bases para la Prestación del Servicio Portuario de Amarre y Desamarre de Buques del Puerto de Almería, aprobado por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria en su sesión del día 29 de diciembre de 1994.
Servicio nocturno: Desde las 19,00 h a las 7,00 h: Recargo
100%.
Servicio en festivos: Sábados a partir de las 12,00 h y domingos y festivos desde las 00,00 h a las 24,00 h: Recargo%.
Refuerzo: Por cada refuerzo solicitado no se aplicará una tarifa superior al 30% del Servicio de Amarre.
Codera y calabrote: Por cada servicio de codera, calabrote, desamarre de codera y desamarre de calabrote, se establecerán unas tarifas máximas del 50% de la establecida para amarre y desamarre.
Bonificaciones: Se podrán establecer condiciones especiales con bonificaciones a las tarifas base, aplicando Conciertos Comerciales. En todo caso a todos los servicios prestados a buques de líneas regulares establecidas en el Puerto de Almería, se les aplicará una bonificación, que como mínimo será de 20%.
Servicio mínimo: El servicio mínimo a facturar será el de amarre o desamarre.
Servicios prestados con dos embarcaciones auxiliares: Por cada servicio de amarre, que se efectúe a buques de eslora superior a 230 m y que requiera el uso de dos embarcaciones auxiliares para recoger y plotar amarras a flote, se podrá establecer un recargo del 100% de la tarifa.
Este supuesto exime del cumplimiento del tope máximo del 200% que se ha establecido como tarifa máxima aplicable por todos los conceptos.
Las Tarifas de Amarre y Desamarre del Puerto de Almería para el año 2004 entrarán en vigor el día 1 de enero de 2004.
Lo que se publica para general conocimiento.
Almería, 21 de enero de 2004.- El Presidente, José Antonio Amate Rodríguez.
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