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La Iniciativa Comunitaria INTERREG II España-Marruecos permitió iniciar una línea de cooperación en materia hidráulica con el reino alauita, basada fundamentalmente en el desarrollo de un Programa de Transferencia Tecnológica en materia de aguas que centró sus actuaciones en el norte del país vecino.
Esta línea de cooperación ha tenido su continuidad con el desarrollo de distintos proyectos de cooperación orientados básicamente a mejorar las precarias condiciones de los abastecimientos de agua potable a los núcleos rurales del norte marroquí.
La nueva Iniciativa Comunitaria INTERREG III ofrece nuevas posibilidades de cooperación con el Reino de Marruecos que posibiliten la continuidad del Programa de Transferencia Tecnológica en materia de aguas iniciado al auspicio de la anterior Iniciativa Comunitaria.
Todo ello conduce a la conveniencia de mantener abiertas las líneas de trabajo iniciadas, que se orientan a proporcionar a la administración hidráulica marroquí, el soporte tecnológico y divulgativo necesario sobre los que apoyar el desarrollo de modelos sostenibles de gestión de sus recursos hídricos.
En virtud de la línea de colaboración existente entre esta Consejería y el CENTA, al amparo del Convenio Marco de Cooperación en materia hidráulica y del Convenio Específico de Colaboración para el desarrollo del Programa de Iniciativa Comunitaria INTERREG III España-Marruecos, suscritos entre ambas entidades con fechas 16 de julio de 1997 y 10 de diciembre de 2003, respectivamente, y acreditándose la finalidad pública de la subvención y las circunstancias excepcionales que aconsejan su concesión, en virtud de las facultades que me vienen atribuidas por los artículos 104 y 107 de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Secretaría General de Aguas, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:
Primero. Conceder una subvención al Centro de Investigación, Fomento y Aplicación de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA) por un importe de 901.518 E, que representa el ciento por ciento (100%) del importe global del presupuesto de los proyectos y actuaciones que se recogen en el Anexo de la presente Orden, siendo el plazo de ejecución de los trabajos de tres (3) años, contado a partir de la fecha de publicación de la presente Orden.
Segundo. La citada subvención se hará efectiva con cargo al siguiente código de proyecto y aplicaciones presupuestarias, del presupuesto asignado a la Secretaría General de Aguas, adoptándose el siguiente compromiso de gasto anual:
Código de proyecto: 2002000284.
Aplicaciones presupuestarias:
Anualidad 2003 (459.400,00 euros):
01.15.00.17.00.780.00.51.C.9.
Anualidad 2004 (153.133,00 euros): 31.15.00.17.00.780.
00.51.C.1.2004.
Anualidad 2005 (153.133,00 euros): 31.15.00.17.00.780.
00.51.C.1.2005.
Anualidad 2006 (135.852,00 euros): 31.15.00.17.00.780.
00.51.C.1.2006.
Estas anualidades y aplicaciones, por motivos presupuestarios, a la vista del ritmo de las actividades o por cualquier causa justificada, podrán ser objeto de reajuste y modificación por parte de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, no siendo necesaria la conformidad del CENTA, sin perjuicio de la necesaria información que se proporcionará al CENTA para su conocimiento.
Tercero. El importe de la subvención, que cuenta con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto primero de la presente Orden. Su
incumplimiento obligará a la devolución de los fondos
percibidos.
Asimismo dará lugar a la devolución total o parcial de los fondos percibidos la obtención concurrente de subvención o ayuda otorgada por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 110 y 111 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. El CENTA, como beneficiario de la presente subvención y, según el artículo 18.11 de la Ley 9/2002, de 21 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2003, está obligado a hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la indicada en el punto primero, que la misma está subvencionada por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía y que cuenta con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Quinto. La Consejería de Obras Públicas y Transportes, con posterioridad a la concesión de la presente subvención, designará a un Técnico capacitado que asumirá la dirección de los trabajos y supervisará el control del gasto destinado a esta actuación.
Sexto. De acuerdo con lo expresado en el artículo 108 de la Ley
5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 18 de la Ley
9/2002, de 21 de diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2003, la presente subvención se hará efectiva de la siguiente manera:
Un primer libramiento, sin justificación previa,
correspondiente a la cantidad de cuatrocientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos euros (459.400 E), a la publicación de la presente Orden.
El resto, es decir la cantidad de cuatrocientos cuarenta y dos mil ciento dieciocho euros (442.118 E), mediante
certificaciones emitidas por la Secretaría General de Aguas con periodicidad semestral, previa justificación de la ejecución de los trabajos y su aceptación por la Comisión de Seguimiento del Convenio Marco suscrito el 16 de julio de 1997 entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el CENTA.
Todo ello, tal como se establece en la Estipulación
Decimocuarta del Convenio Específico de Colaboración entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el CENTA para el desarrollo del Programa de Iniciativa Comunitaria INTERREG III España-Marruecos, suscrito el 10 de diciembre de 2003.
En el plazo de dos meses, a partir del ingreso material en la Tesorería del CENTA correspondiente al 100% del global de la subvención, dicha Asociación queda obligada a la total
justificación del cumplimiento de la finalidad para que la que se concede la misma, mediante certificación acreditativa de que se han abonado a los correspondientes perceptores la totalidad de los importes expedidos y tramitados ante la Consejería, y la aportación de la documentación justificativa de pagos
realizados con cargo a la cantidad concedida.
En todos los casos, en el plazo de quince días desde la recepción de los fondos, el CENTA aportará certificación acreditativa de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/1988, de 5 de abril, en relación con lo establecido en la letra f) del artículo 108 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Séptimo. El CENTA deberá facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía en relación con la presente subvención.
La Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá comprobar en todo momento, mediante las inspecciones que considere oportunas, la efectividad de la inversión objeto de la presente Orden.
Octavo. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la concesión de la subvención objeto de la presente Orden será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Sevilla, 15 de diciembre de 2003
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General de Aguas y Director General de Planificación
A N E X O
- Investigación y demostración en materia de depuración de aguas.
- Estudio de los vertidos residuales urbanos en localidades susceptibles de acoger sistemas de depuración no
convencionales.
- Apoyo y transferencia tecnológica a depuradoras.
- Formación.
- Investigación en colaboración con entidades marroquíes.
- Actividades de concienciación ciudadana.
- Estudios de carácter territorial.
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