Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 27/02/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº1 DE MOGUER

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 220/2003. (PD. 576/2004).

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NIG: 2105041C20031000154.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 220/2003. Negociado: ML.

Sobre: Declaración de dominio.

De: Don Antonio Marín Leiva y Montemayor Domínguez Gil.

Procurador: Sr. Izquierdo Beltrán Fernando E. e Izquierdo Beltrán Fernando E.

Contra: Doña Virtudes Ramírez Márquez, Herederos Descon. e Inc. de Julia Márquez Gómez y Construcciones Económicas Madrileñas, S.A.

Procuradora: Sra. Duque Mora, Rosa María.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 220/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Moguer a instancia de Antonio Marín Leiva y Montemayor Domínguez Gil contra Virtudes Ramírez Márquez, Herederos Descon. e Inc. de Julia Márquez Gómez y Construcciones Económicas Madrileñas, S.A. sobre declaración de dominio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Doña Ana Barral Picado, Juez del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. Uno de Moguer y su partido, habiendo visto los autos correspondientes al juicio ordinario en ejercicio de la acción declarativa de dominio registrado con el número arriba indicado promovidos por el Procurador de los Tribunales Sr. Izquierdo, en nombre y representación de don Antonio Martín Leiva y doña Montemayor Domínguez Gil, asistidos de la Letrado Sra. Carmen Morales contra doña Virtudes Ramírez Márquez, representada por la Procuradora Sra. Rosa Duque y asistida de Letrada, Construcciones Económicas Madrileña, S.A. (COEMA, S.A) en rebeldía y los herederos desconocidos e inciertos de doña Julia Márquez Gómez, en rebeldía dicta la presente en base a los siguientes

F A L L O

Que habiendo de estimar íntegramente la demanda interpuesta por Procurador de los Tribunales Sr. Izquierdo, en nombre y representación de don Antonio Martín Leiva y doña Montemayor Domínguez Gil, contra doña Virtudes Ramírez Márquez, representada por la Procuradora Sra. Rosa Duque, Construcciones Económicas Madrileña, S.A. (COEMA, S.A.) en rebeldía y los herederos desconocidos e inciertos de doña Julia Márquez Gómez, debo declarar y declaro acreditado el dominio de los actores, con respecto de la finca descrita en el hecho primero de la presente, ordenando la inscripción de dicho dominio a favor de los actores en el Registro de la Propiedad de Moguer, para la reanudación del tracto interrumpido de la misma así como la cancelación registral de todas las inscripciones contradictorias, condenando a los demandados a estar y pasar por la anterior declaración, expidiéndose los oportunos mandamientos para la inscripción de la parte descrita en los términos interesados.

No ha lugar a imposición de costas.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Herederos Descon. e Inc. de Julia Márquez Gómez y Construcciones Económicas Madrileñas, S.A., extiendo y firmo la presente en Moguer a diez de febrero de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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