Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 01/03/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Asuntos Sociales

CORRECCION de errores de la Orden de 2 de enero de 2004, por la que se regulan y convocan subvenciones en el ámbito de la Consejería para el año 2004 (BOJA núm. 27, de 10.2.2004).

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Advertidos errores en el texto de la Orden antes citada, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

1. En la página número 3.451, columna izquierda, en el apartado

2 del artículo 21, donde dice: "(...) durante un período de cincuenta años.", debe decir: "(...) durante un período de cincuenta años, salvo que atendiendo a razones de disponibilidad del inmueble, el órgano concedente de la subvención pudiere acordar un plazo menor".

2. En la página 3.451, columna izquierda, en el apartado del artículo 21, donde dice: "(...) durante un período de veinte años.", debe decir: "... durante un período de veinte años, salvo que atendiendo a razones de disponibilidad del inmueble, el órgano concedente de la subvención pudiere acordar un plazo menor".

3. En la página 3.452, columna izquierda, en el apartado del artículo 23, donde dice: "(...) en el plazo de un mes a partir de la finalización del plazo concedido (...)", debe decir: "(...) en el plazo de tres meses a partir de la finalización del plazo concedido...".

4. En la página 3.458, columna derecha, debe suprimirse la letra c) del artículo 68.

5. En la página 3.459, columna izquierda, al final del artículo

70, debe añadirse el siguiente párrafo: "Asimismo se subvencionará el mantenimiento de las sedes de Federaciones y Asociaciones de emigrantes andaluces retornados".

6. En la página 3.459, columna derecha, al final del artículo

77, debe añadirse el siguiente párrafo: "Asimismo se subvencionará el mantenimiento de:

- Albergues y servicios de acogida temporales en zonas donde se desarrollen campañas agrícolas o de temporada o en núcleos donde la especial afluencia de inmigrantes no pueda ser atendida por los servicios de acogida normalizados.

- Servicios municipales de información y atención básica de inmigrantes.

- Sedes de Asociaciones, Federaciones y Entidades de ayuda al inmigrante".

7. En la página 3.461, columna derecha, en la letra j) del artículo 89, donde dice: "Programas de participación de voluntariado social", debe decir: "Programas de participación de voluntariado social universitario".

8. En la página 3.466, columna izquierda, en el apartado a) del artículo 138, donde dice: "Certificado del Servicio Andaluz de Empleo acreditativo de entrar en desempleo y no cobrar ningún tipo de prestación económica por este concepto", debe decir: "Certificado del Servicio Andaluz de Empleo acreditativo de estar en desempleo".

9. En la página 3.466, columna izquierda, en el artículo 138, debe añadirse una letra d) con el siguiente contenido: "d) Certificado del Instituto Nacional de Empleo acreditativo de no percibir ningún tipo de prestación económica por desempleo".

Sevilla, 18 de febrero de 2004

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