Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el recurso contencioso-administrativo núm. 163/2003, interpuesto por doña Ana María Fuentes Garrido, contra resolución de 6 de junio de 2002, del Delegado Provincial en Sevilla de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico (Junta de Andalucía), declarando el incumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión de subvención y exigiendo el reintegro del importe principal de la subvención (3.005,06 euros) más los intereses de demora 324,92 euros. Expediente 41/RSG/1034/99/MTS, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 7 de Sevilla, con fecha 23 de diciembre de 2003, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
En virtud de lo establecido en el artículo 3.º.5.ª de la Orden de 3 de octubre de 2000, de delegación de competencias y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 3 de marzo de 2004.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
Descargar PDF